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Tres alcaldes de la provincia de Biobío figuran en una nómina de Contraloría sobre apuestas en casinos

por Nicolás Maureira

Los antecedentes revisados por Diario La Tribuna detallan operaciones asociadas a los jefes comunales de Los Ángeles, Mulchén y Cabrero, además del resultado de un sumario que estableció responsabilidad administrativa en uno de los casos.

El CIC N.º 20 de Contraloría identificó transacciones vinculadas a apuestas en casinos correspondientes a 910 funcionarios públicos y municipales (Imagen referencial).. / La Tribuna

Tres alcaldes de la provincia de Biobío figuran en una nómina de transacciones vinculadas a apuestas en casinos, incorporada a un expediente de Contraloría asociado a la fiscalización de funcionarios que administran o custodian fondos públicos.

Los documentos a los que tuvo acceso Diario La Tribuna este viernes 23 de octubre presentan situaciones diferentes para cada autoridad y contienen una resolución que establece responsabilidad administrativa en uno de los casos. Los antecedentes también fueron contrastados con los municipios involucrados, que entregaron sus respectivas versiones.

UNA REVISIÓN DE ALCANCE NACIONAL

Los antecedentes están asociados al Consolidado de Información Circularizada (CIC) N.º 20 emitido el 23 de marzo de 2026, que examinó operaciones realizadas entre enero de 2024 y junio de 2025.

Según ese documento, Contraloría detectó transacciones vinculadas a juegos de azar de 910 funcionarios pertenecientes a 371 entidades públicas y municipales, por un total de $11.490.456.871. Entre las instituciones mencionadas figuran la Fuerza Aérea, Carabineros, la PDI, la Tesorería General de la República y distintos municipios.

El análisis se realizó mediante el cruce de registros de administradores de fondos públicos con información proporcionada por la Superintendencia de Casinos de Juego.

El consolidado precisa que las transacciones corresponden a operaciones económicas realizadas dentro de un casino que impliquen el ingreso, uso, conversión o retiro de dinero u otros instrumentos de pago vinculados a apuestas.

Estos registros no equivalen necesariamente a pérdidas económicas ni permiten, por sí solos, establecer que todas las operaciones fueron efectuadas mientras las personas mencionadas ejercían funciones sujetas a la prohibición legal.

Entre los antecedentes a los que tuvo acceso Diario La Tribuna se encuentra una transcripción del expediente del sumario administrativo instruido respecto del alcalde de Los Ángeles, elaborada a partir de fotografías.

Esta incluye una nómina asociada al CIC N.º 20 en la que figuran José Pérez Arriagada, jefe comunal angelino, y sus pares de Mulchén y Cabrero, José Miguel Muñoz Sáez y Yusef Sabag Araneda, respectivamente.

La planilla detalla montos y períodos de transacciones, además de antecedentes sobre el ejercicio de sus cargos.

LOS REGISTROS DE MULCHÉN Y CABRERO

En la nómina asociada al CIC N.º 20, José Miguel Muñoz Sáez figura con $101.931.478 en la columna denominada "transacciones mínimas". Su fila contiene la observación "Apuestas fuera del período de Alcalde o Funcionario", sin que los antecedentes revisados precisen a cuáles operaciones se refiere esa anotación.

Por su parte, Yusef Sabag Araneda aparece con $4.748.105 y operaciones comprendidas entre el 24 de agosto de 2024 y el 24 de junio de 2025, período que abarca fechas anteriores y posteriores al inicio del cargo consignado en la planilla, el 6 de diciembre de 2024, sin que los documentos revisados desglosen los montos correspondientes a cada etapa.

Los archivos a los que tuvo acceso Diario La Tribuna no contienen resoluciones que establezcan responsabilidad administrativa de Muñoz o Sabag por estas operaciones.

La misma nómina también incluye registros asociados a alcaldes de las comunas de Hualqui y Hualpén, en la Región del Biobío.

Diario La Tribuna se contactó con la Municipalidad de Mulchén, desde donde informaron que el alcalde se encuentra haciendo uso de su feriado legal y señalaron que no podían referirse al asunto, invocando el deber de reserva respecto de investigaciones administrativas en curso.

Por su parte, el alcalde de Cabrero, Yusef Sabag Araneda, señaló a Diario La Tribuna que no ha asistido a casinos, ni antes de asumir el cargo ni durante su actual gestión.

CONTRALORÍA ESTABLECIÓ RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Respecto de José Pérez, Diario La Tribuna también tuvo acceso a un documento que transcribe antecedentes del sumario administrativo del alcalde, entre ellos la resolución exenta N.º RE13542/2026, que ordenó iniciar la investigación, y la N.º RE25551/2026, del 25 de agosto de 2026, mediante la cual la Contraloría Regional del Biobío aprobó el procedimiento y estableció su responsabilidad administrativa por efectuar apuestas en el casino Enjoy de Viña del Mar.

La investigación consignó operaciones por $1.483.390 el 26 de marzo de 2025 y $1.637.460 el día siguiente, que suman $3.120.850.

De acuerdo con el documento, el alcalde tenía autorizado un cometido funcionario a Santiago y Viña del Mar entre el 24 y el 28 de marzo de ese año. El viaje contemplaba asistir al Ministerio de Obras Públicas, sostener una reunión con el director general de Carabineros y participar en una asamblea ordinaria de municipalidades.

Según recoge la resolución, durante el sumario administrativo Pérez reconoció haber apostado y sostuvo que se trató de una sola visita al recinto, entre la noche del 26 y la madrugada del 27 de marzo de 2025.

Entre sus descargos, argumentó que desconocía la prohibición, que utilizó dinero personal y que su concurrencia ocurrió fuera de la jornada laboral, sin interferir en sus obligaciones.

También se comprometió a no asistir a casinos durante su período alcaldicio y solicitó considerar su colaboración con la investigación y su conducta anterior.

Al analizar estos argumentos, Contraloría desestimó que el desconocimiento de la restricción lo eximiera de responsabilidad y sostuvo que, desde su asunción, quedó sujeto a los deberes correspondientes al cargo.

El pronunciamiento recoge el artículo 10, letra b), de la Ley N.º 19.995, que impide efectuar apuestas en casinos a funcionarios públicos y municipales que tengan la custodia de fondos públicos. En su considerando III, Contraloría explica que esta disposición comprende a los alcaldes por sus atribuciones sobre los recursos financieros de la comuna.

Desde la Municipalidad de Los Ángeles informaron a Diario La Tribuna que el abogado de José Pérez presentó una impugnación ante Contraloría el 31 de agosto de 2026, la que, según indicaron, aún no ha sido resuelta.

El municipio sostuvo que, por esta razón, considera que la resolución no se encuentra firme ni ejecutoriada.

CONCEJO CONOCE ANTECEDENTES DEL SUMARIO

Tras aprobar el sumario, Contraloría dispuso remitir los antecedentes al Concejo Municipal de Los Ángeles.

Mediante el oficio N.º OF163109/2026, del 27 de agosto de 2026, solicitó al secretario municipal acreditar la entrega de los documentos a los concejales e informar lo resuelto por ese cuerpo colegiado dentro de los 20 días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación.

Los antecedentes fueron conocidos durante la sesión del Concejo Municipal del pasado 20 de octubre, sin que hasta el cierre de esta edición se contara con información de un pronunciamiento formal de los concejales respecto de eventuales acciones posteriores.

La resolución exenta que aprobó la investigación establece responsabilidad administrativa de Pérez, pero no le aplica directamente una sanción.

EVENTUALES CONSECUENCIAS ADMINISTRATIVAS

La legislación contempla distintas vías de actuación frente a eventuales infracciones relacionadas con apuestas en casinos por parte de funcionarios públicos.

El artículo 49 de la Ley N.º 19.995 establece multas de tres a quince unidades tributarias mensuales (UTM) para quienes infrinjan la prohibición de efectuar apuestas en casinos. Su aplicación corresponde a la Superintendencia de Casinos de Juego, mediante el respectivo procedimiento sancionatorio.

Por otra parte, el artículo 60 de la Ley N.º 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, contempla la posibilidad de solicitar ante el Tribunal Electoral Regional la remoción de un alcalde por contravención grave a las normas sobre probidad administrativa o notable abandono de deberes.

Para ello, en términos generales, se requiere un requerimiento presentado por al menos un tercio de los concejales en ejercicio.

La normativa también contempla la posibilidad de solicitar, de manera subsidiaria, determinadas medidas disciplinarias, cuya procedencia corresponde resolver al tribunal competente.

Se trata de procedimientos distintos, sujetos a requisitos legales específicos. Por lo tanto, la responsabilidad administrativa establecida por Contraloría no implica, por sí sola, la aplicación de estas sanciones ni la remoción del alcalde.

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