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Conceden libertad condicional a excarabinero condenado por el ataque que dejó ciega a Fabiola Campillai

por Jorge Monares Olivares

Patricio Maturana Ojeda podrá acceder al beneficio desde el 2 de diciembre, pese a la oposición de la senadora, quien compareció ante la comisión para cuestionar la decisión.

ÚLTIMO MINUTO / Diario La Tribuna

La Comisión de Libertad Condicional de Talca aprobó por unanimidad la solicitud presentada por Patricio Maturana Ojeda, excapitán de Carabineros condenado a 12 años de cárcel por el ataque que dejó ciega a la senadora Fabiola Campillai.

Según informó Radio Bío Bío, la resolución establece que el exuniformado, quien permanece en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Molina, podrá acceder al beneficio de libertad condicional a partir del 2 de diciembre de 2026, cuando cumpla el tiempo mínimo exigido por la normativa aplicable.

Maturana fue condenado por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas, por su responsabilidad en las lesiones que sufrió Campillai en 2019, cuando recibió el impacto de una bomba lacrimógena en el rostro mientras esperaba locomoción colectiva en San Bernardo.

La decisión se adoptó este viernes 16 de octubre, pese a la oposición expresa de la parlamentaria, quien compareció personalmente ante la comisión para exponer sus argumentos en contra de la solicitud.

A través de redes sociales, Campillai cuestionó la concesión del beneficio y sostuvo que su agresor nunca colaboró con la justicia ni ha mostrado arrepentimiento por el daño causado.

"No es una situación fácil en lo personal, pero mi postura sigue siendo la misma de siempre: quienes cometieron violaciones a los derechos humanos no deben recibir beneficios penitenciarios", escribió la senadora.

La parlamentaria solicitó que se exigiera el cumplimiento de dos tercios de la condena y apeló a estándares internacionales sobre los derechos de las víctimas. También manifestó preocupación por las consecuencias que la liberación podría tener para su seguridad.

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN

De acuerdo con los antecedentes difundidos sobre la resolución, la comisión desestimó los argumentos presentados por la senadora y determinó que la normativa aplicable al delito por el que fue condenado Maturana exige el cumplimiento de la mitad de la pena para acceder a la libertad condicional.

La resolución recordó, además, que la sentencia condenatoria no calificó el ataque como un crimen de lesa humanidad, distinción considerada en el análisis de los requisitos jurídicos aplicables.

La libertad condicional no elimina la condena ni equivale a una absolución, sino que permite cumplir el resto de la pena bajo las condiciones establecidas para este beneficio penitenciario.

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