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Polémica por oficio de Contraloría: exige lista con nombres, RUT y fármacos de pacientes trans

por Nicolás Maureira

El oficio, emitido el 8 de enero de 2026, exige antecedentes nominativos y clínicos de atenciones en programas de identidad de género, incluidos casos de niños, niñas y adolescentes, lo que motivó reparos de la Fundación Vanguardista Divergente. Ante este escenario, el Servicio de Salud Biobío informó que se encuentra realizando una revisión técnica para resguardar el cumplimiento de la normativa vigente.

La Fundación Vanguardista Divergente cuestionó la legalidad del Oficio N°3818-2026, que solicita RUN, nombres y datos clínicos de pacientes trans. / La Tribuna

La Contraloría General de la República (CGR) solicitó la entrega de bases de datos detalladas que permitirían la identificación individual de pacientes atendidos en los programas de Salud Trans e identidad de género, solicitud que dio origen a una controversia.

La medida, que involucra tanto a personas adultas como a niños, niñas y adolescentes (NNA), ha suscitado preocupación en organizaciones civiles, mientras que desde el Ministerio de Salud se advirtió la existencia de restricciones legales para entregar este tipo de información sensible.

LOS ALCANCES DEL OFICIO

De acuerdo con el Oficio N°3818-2026, emitido el 8 de enero de 2026, el Departamento de Salud y Control de Drogas de la CGR solicitó a los servicios de Salud una nómina pormenorizada de beneficiarios de los programas Salud Trans y de identidad de género correspondiente a los años 2023, 2024 y 2025.

El documento establece que, en el caso del Programa de Apoyo a la Identidad de Género (PAIG), dirigido a menores de edad, se deben remitir antecedentes como el RUN, nombre social, nombre registral, fecha de nacimiento, sexo registral e identidad de género.

Asimismo, se requiere informar la fecha de ingreso y egreso del programa, el establecimiento hospitalario respectivo y la vigencia del paciente al cierre del año 2025.

En relación con el Programa de Salud Trans, el requerimiento contempla los mismos datos identificatorios. A ello se suma la solicitud de información sobre el arsenal farmacológico utilizado en terapias hormonales en cada establecimiento, incluyendo nombre del fármaco —comercial y genérico—, presentación, cantidad adquirida, costos unitarios y totales, además de las cantidades efectivamente consumidas.

Estos antecedentes debían ser remitidos en formato Excel, a través de una plataforma digital, en un plazo máximo de diez días hábiles.

CUESTIONAMIENTOS POR PRIVACIDAD

En diálogo con La Tribuna, Vladimir Urrutia, cofundador de la Fundación Vanguardista Divergente, organización angelina dedicada a la defensa de los derechos de la comunidad LGBTIQ+, cuestionó la legalidad del requerimiento y sostuvo que para fines estadísticos o de control presupuestario no resulta necesario individualizar a los pacientes mediante nombres y RUN.

"De manera inexplicable, nosotros entendemos que la Contraloría está solicitando datos sensibles y personales de usuarios del sistema de salud, tanto del programa de acompañamiento en identidad de género para menores de edad como de personas adultas, pertenecientes a distintos hospitales de la red. No tenemos claridad para qué se requiere esta información", señaló.

Vladimir Urrutia.

El dirigente insistió en que existen normas vigentes que regulan el tratamiento de este tipo de antecedentes, y recalcó que el respeto a la legislación resulta fundamental para resguardar a los usuarios del sistema público.

"Nosotros queremos que se cumpla la ley, y la ley existe. Están los instrumentos legales, porque la protección de datos es muy importante", indicó.

Vladimir Urrutia.

Urrutia advirtió, además, que el manejo de estos antecedentes podría generar riesgos en materia de seguridad de la información y afectar la confianza de las personas usuarias en el sistema de salud.

"Nadie tiene ninguna justificación, ya sea política, presupuestaria o estadística, para conocer los datos específicos e individualizados de la ficha de un paciente", afirmó.

Vladimir Urrutia.

PRIVACIDAD Y LÍMITES LEGALES

Por su parte, el Ministerio de Salud, mediante el Ordinario N°32 —documento al que tuvo acceso La Tribuna—, manifestó una restricción jurídica para dar cumplimiento al requerimiento formulado por la Contraloría.

En el escrito, el subsecretario de Redes Asistenciales, Dr. Bernardo Martorell, indicó que la Ley N°20.584 sobre Derechos y Deberes de los Pacientes, junto con la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada, califican estos antecedentes como datos sensibles y de acceso restringido.

Siempre de acuerdo con el citado oficio, la autoridad sanitaria sostuvo que el ministerio no cuenta con facultades legales para levantar la reserva de estas fichas clínicas sin el consentimiento expreso de sus titulares, particularmente cuando se trata de NNA, considerando el principio del interés superior del niño y los riesgos de estigmatización.

RESPUESTA SERVICIO DE SALUD BIOBÍO

La Tribuna se contactó con el Servicio de Salud Biobío para conocer su postura respecto del requerimiento formulado por la Contraloría.

En su respuesta oficial, el organismo indicó que, más allá de los antecedentes expuestos en el ordinario del Ministerio de Salud, se encuentra realizando una revisión técnica final, con el objetivo de asegurar que cualquier eventual entrega de información se ajuste estrictamente a la normativa vigente y a los estándares de protección de datos personales.

Acciones legales

Ante lo que la fundación calificó como un "misterio institucional", Vladimir Urrutia confirmó que la organización se encuentra evaluando la presentación de recursos de protección ante tribunales competentes, con el objetivo de impedir la entrega de la información solicitada.

Asimismo, hizo un llamado a familias de menores trans y a usuarios de los programas a informarse y tomar acciones legales frente a lo que consideran una actuación arbitraria del organismo fiscalizador.

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