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Corte Suprema ordena reintegrar a tres bomberos desvinculados de Los Ángeles

por Jeremy Valenzuela Quiroz

El máximo tribunal determinó que el proceso de desvinculación fue "arbitrario e ilegal" y presentaba "insalvables deficiencias". Los voluntarios fueron expulsados por baja asistencia, sin debido proceso.

Corte Suprema ordena reintegrar a tres bomberos de Los Ángeles / Diario La Tribuna

Tres voluntarios de la Sexta Compañía de Los Ángeles ganaron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción, alegando que la institución vulneró sus derechos fundamentales al expulsarlos sin el debido proceso y con acusaciones erróneas.

El pasado 8 de abril de 2025, la Corte de Apelaciones de Concepción revisó un recurso de protección presentado por Henry Medina Vallejos, Víctor Ortiz Sanhueza y Rodrigo Jara Cuevas, tres exbomberos de Los Ángeles que acusan haber sido dados de baja de forma injusta por la institución.

Según su testimonio, la decisión de expulsarlos fue arbitraria e ilegal, ya que —aseguran— se vulneraron derechos fundamentales como el debido proceso y la igualdad ante la ley.

Denuncian que el Consejo de Disciplina de la Sexta Compañía los sancionó de manera desproporcionada, sin que las faltas que se les atribuyen justificaran una medida tan drástica.

Además, reclaman que ni siquiera se les permitió apelar ante el Consejo Superior de Disciplina, ya que sus recursos fueron considerados fuera de plazo, cerrándoles cualquier posibilidad de defensa.

Los tres voluntarios tenían hasta 10 años de servicio en la institución.

EL CASO DE HENRY MEDINA

Henry Medina Vallejos expuso que el 28 de agosto de 2024 fue notificado de su baja sin ser oído previamente por la Junta de Oficiales.

Aunque esta decisión fue inicialmente revertida, el 6 de septiembre de 2024 se le informó de su suspensión y citación al Consejo de Disciplina. A pesar de haber participado en actividades y ventas de rifas, recibió la citación formal el 10 de septiembre para una audiencia el 12 de septiembre, a la que no pudo asistir por motivos personales.

Asistió a una segunda citación el 27 de septiembre, donde presentó sus descargos y reconoció algunas faltas, pero esperaba una sanción menor como suspensión o amonestación. Finalmente, el 23 de octubre, se le comunicó su baja definitiva.

Medina argumenta que la información utilizada para su baja era incorrecta, ya que sí había participado en la venta de rifas de 2023 y en comisiones internas. Además, señaló irregularidades en las notificaciones y en el cómputo de plazos para la apelación.

LA SITUACIÓN DE VÍCTOR ORTIZ

Víctor Ortiz Sanhueza, que posee una destacada trayectoria en la institución, incluyendo la creación de la brigada de jóvenes cadetes y diversas iniciativas comunitarias, así como una sólida formación académica en gestión de emergencias, denunció un trato discriminatorio. Relató citaciones irregulares y la falta de respuesta a su solicitud de excusa por motivos de salud familiar, a pesar de contar con licencia médica.

Fue dado de baja el 24 de octubre, una sanción que considera la más drástica en su hoja de vida y resultado de una "persecución selectiva". Su solicitud de apelación ante el Consejo Superior de Disciplina no fue presentada por el director de compañía, según su versión, privándole de su derecho a exponer su caso.

EL TESTIMONIO DE RODRIGO JARA

Rodrigo Jara Cuevas fue suspendido el 30 de agosto de 2024 y citado al Consejo de Disciplina. Explicó que su baja asistencia se debía a razones personales, dado que priorizó su desarrollo profesional como enfermero y el cuidado de sus padres enfermos, y a faltas de respeto sufridas por parte de otro voluntario entre 2020 y 2022.

Aunque se mantuvo al día con sus cuotas y participó en la venta de rifas, asumió su baja participación en las actividades operativas debido a su condición de bombero no operativo, esperando una sanción justa y no la más grave.

LA POSTURA DEL CUERPO DE BOMBEROS

El Director de la Sexta Compañía de Bomberos de Los Ángeles, Pedro Parra Daza, y posteriormente el abogado Rodrigo Díaz Aguilera, informaron que los tres voluntarios fueron dados de baja por resolución unánime del Consejo de Disciplina el 27 de septiembre de 2024, debido a la "falta al artículo 23 del Reglamento de la Compañía", que exige la concurrencia a los actos de servicio.

Se presentaron los bajos porcentajes de asistencia de cada uno en los años 2022, 2023 y 2024 (por ejemplo, Medina con 1% en 2024, Ortiz con 0% en 2024, y Jara con 7% en 2024).

Respecto a las apelaciones, la defensa de los bomberos señaló que los recursos fueron presentados fuera del plazo de 15 días establecido en el artículo 65 del Reglamento, a pesar de haber sido notificados por correo electrónico y carta certificada el 23 y 24 de octubre de 2024, respectivamente.

FALLO DEL MÁXIMO TRIBUNAL

La Corte de Apelaciones de Concepción determinó que los hechos sustentan el recurso de protección, confirmando que la sanción de "baja" fue aplicada.

Sin embargo, en el punto 9, concluyó que las actuaciones de la Jefatura de la Sexta Compañía fueron ilegales debido a "insalvables deficiencias del proceso empleado". Se destacó la falta de una investigación formal, citaciones "intempestivas" para declaraciones verbales, negación del derecho a defensa, ausencia de cargos específicos, y la imposibilidad de presentar pruebas.

La Corte calificó la decisión de "arbitraria e ilegal además de desproporcionada", y consideró que se vulneró la garantía constitucional de igualdad ante la ley (Artículo 19 N°2). Por ello, solicitó la anulación del proceso sancionatorio y la restitución de la asistencia a los actos bomberiles.

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