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La Tribuna

Seremi de Transportes detalla multas y exigencias por incumplir normas de sistemas de retención infantil

por Nicolás Maureira

La autoridad regional explicó los requisitos obligatorios para el uso de sillas y alzadores en vehículos, además de las sanciones que implica no respetar la normativa vigente.

La autoridad explicó los criterios de edad, instalación y certificación que exige la ley para garantizar viajes seguros en automóviles. / Freepik; Fredy Muñoz

El uso adecuado de los sistemas de retención infantil (SRI) continúa siendo una de las principales medidas de seguridad para prevenir lesiones graves en menores que viajan en vehículos particulares.

En ese contexto, el seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la región del Biobío, Patricio Fierro, detalló los criterios que establece la legislación vigente y las consecuencias legales de no respetar estas exigencias.

La autoridad recalcó que el marco normativo es claro respecto a edades, formas de instalación y condiciones de uso, subrayando que las familias deben verificar tanto la correcta colocación de los dispositivos como su certificación al día.

REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA SILLAS Y ALZADORES

Consultado por la normativa, Fierro explicó que la ley exige el uso de sillas o alzadores —según corresponda— hasta los nueve años de edad, mientras que hasta los 12 años los menores deben viajar en la parte trasera del vehículo.

La autoridad enfatizó que, además de elegir el modelo adecuado según la etapa del niño o niña, es fundamental considerar cómo se posiciona el sistema dentro del vehículo. En ese sentido, Fierro advirtió que la orientación del dispositivo cumple un rol decisivo en la protección ante un impacto.

"Siempre deben tener la silla instalada a contramarcha, es decir, que viajen mirando contra el sentido de la marcha del vehículo, porque esta posición reduce más de un 90% la probabilidad de muerte y lesiones graves", explicó.

Patricio Fierro.

El seremi añadió que no basta con contar con el dispositivo, sino que es obligatorio revisar su certificación y compatibilidad con el peso y la altura del niño o niña.

"Es importante sumar otro elemento clave: que estos accesorios estén con sus certificados de vigencia al día, así como también, que sean acordes al peso y altura del menor", señaló.

Patricio Fierro.

MULTAS Y SUSPENSIÓN DE LICENCIA POR INFRACCIONES GRAVÍSIMAS

El incumplimiento de estas reglas constituye una falta catalogada como gravísima. Al respecto, Fierro puntualizó que la ley establece multas de hasta 3 UTM, además de la suspensión de la licencia de conducir.

La autoridad insistió en que el objetivo de esta normativa es salvaguardar la vida y salud de los menores.

"La normativa establece multas de hasta 3 UTM, junto a la suspensión de la licencia de conducir por tratarse de una infracción gravísima. Por lo mismo, el llamado es claro y simple: evitar exponer la integridad de sus hijos o hijas, de niños o niñas", concluyó.

Patricio Fierro.

Requisitos para el uso de sistemas de retención infantil (SRI)

  • Obligatorio utilizar sillas o alzadores hasta los 9 años, según corresponda.
  • Hasta los 12 años, los menores deben viajar en la parte trasera del vehículo.
  • La silla debe ir instalada a contramarcha, lo que reduce significativamente el riesgo de lesiones graves.
  • Cada dispositivo debe contar con certificación vigente.
  • El modelo utilizado debe ser acorde al peso y la altura del niño o niña.

Sanciones por incumplir la normativa

  • Multas que pueden llegar hasta 3 UTM.
  • La conducta se considera una infracción gravísima.
  • La falta puede derivar en la suspensión de la licencia de conducir.
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