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La Tribuna

Entregaron información sobre los cambios en el Código de Aguas para los regantes

por Jorge Guzmán Buchón

Quienes no inscriban sus derechos arriesgan perderlos, razón por la cual los representantes de las organizaciones de usuarios han llamado a sus afiliados a acercarse a ellos para regularizarlos.

web 2 finde 1211 / La modificación faculta a la DGA para limitar el ejercicio de los derechos de aprovechamiento, en forma proporcional, cuando exista riesgo que este uso pueda generar una grave afectación a la fuente superficial o al acuífero de donde se extrae.

Representantes del mundo agrícola participaron de una jornada de difusión organizada por el Instituto de Innovación Agraria realizada en el casino del recinto Socabio para explicar los plazos y condiciones para regularizar los derechos de agua de regantes, considerando los cambios que implica la reforma al Código de Aguas implementada por la Dirección General de Aguas.

La seremi de Agricultura, Pamela Yáñez, informó que "esta charla se realizó gracias a la gestión de Asociación Gremial de Productores de Berries Biobío (APROBERRIES) y la Seremi de Agricultura, con la participación del Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA) y la Dirección General de Aguas (DGA)".

"Los temas que se abordaron fueron la Eficiencia Hídrica y la modificación del Código de Aguas, que tuvo como foco informar las gestiones, que los agricultores y agricultoras deben realizar para dar cumplimiento a la normativa, que incluye trámites que tienen plazos para su ejecución", agregó la autoridad regional del agro.

USO EFECTIVO PARA RIEGO

El director de Aguas en el Biobío, Claudio Morales, manifestó que la reforma al Código de Aguas "refuerza el carácter de bien público del agua, consagrando una nueva regulación para la constitución, regularización, ejercicio y extinción de los derechos". En este sentido, la reforma: "consagra la prioridad del abastecimiento para el consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia - entendido como bebida, aseo personal, riego hortofrutícola y bebida de animales indispensables para subsistencia".

Por otra parte, la nueva normativa modifica el concepto de derecho de aprovechamiento, debiendo entenderse para un uso real de las aguas, regulando un plazo de concesión por 30 años, que se prorrogará sucesivamente, a menos que la Dirección General de Aguas acredite el no uso efectivo del recurso, o de acuerdo a los criterios de disponibilidad hídrica de la fuente.

Además, se establece que los derechos con resolución, caducarán si no se inscriben en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) y en el Catastro Público de Aguas (CPA) de la DGA-MOP, en un plazo de 18 meses desde la publicación oficial de la reforma el 6 de abril del 2022.

Asimismo, faculta a la DGA para limitar el ejercicio de los derechos de aprovechamiento, en forma proporcional, cuando exista riesgo que este uso pueda generar una grave afectación a la fuente superficial o al acuífero de donde se extrae; e incluso, si el riesgo persiste, podrá suspender temporalmente el ejercicio de todos aquellos derechos que provocan el riesgo o afectación.

INSCRIBIR Y MEDIR CAUDALES

En otro sentido, la nueva ley regula la extinción total o parcial de los derechos, mediante resolución de la Dirección General, si el titular no hace uso efectivo del recurso o no realiza las obras para utilizar las aguas de conformidad con los plazos y suspensiones que se establecen; las usa para un fin diverso para aquel que han sido otorgadas, o cede su uso a cualquier otro título.

Cabe recordar que debido a la gran cantidad de cambios dispuestos en la norma, voceros de la Junta de Vigilancia del Río Biobío, en conversación con Radio San Cristóbal, se refirieron a los plazos impuestos por el Código de Aguas y el trabajo que se encontraban realizando para apoyar en el proceso a sus representados.

Mandata que en un periodo de 18 meses, los tenedores de derecho deben tener su derecho de aprovechamiento en el Catastro Público de Agua, que lo lleva la Dirección General de Aguas, dijo el gerente de la Junta de Vigilancia del Río Biobío, Rafael Pérez.

También implica regularizaciones de derechos de aprovechamiento, que tiene un plazo mayor, de cinco años, que obedece que todos los derechos se puedan regularizar. Esto va de la mano con un monitoreo efectivo de extracciones que nos va a permitir realizar un balance con la oferta bien caracterizada y poder ver la demanda con la oferta con derechos bien catastrados y hacer una buena planificación de su uso, destacó el gerente de la Junta de Vigilancia.

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