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La Tribuna

Corte autoriza acceso a internet a pedófilo que logró puntaje nacional en la PAES: estudia ingeniería

por Stephanie Ramírez M.

Gendarmería rechazó inicialmente la petición, pero la Justicia determinó que debía garantizarse su derecho a la educación.

Tras obtener puntaje nacional en la PAES 2025, Marcelo Moya solicitó cursar estudios superiores desde prisión. / contexto

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a Gendarmería realizar las gestiones necesarias para que Marcelo Moya, condenado por delitos de pornografía infantil y abuso sexual, pueda acceder a estudios superiores online mientras cumple condena en un recinto penitenciario del país.

El caso abrió un debate sobre los límites entre seguridad penitenciaria, reinserción social y acceso a derechos fundamentales en contexto de privación de libertad, luego de que el interno —quien obtuvo puntaje nacional en la PAES 2025— solicitara autorización para estudiar Ingeniería desde la cárcel.

Moya cumple una condena total de 12 años por almacenamiento y producción de pornografía infantil, además de abuso sexual. Su pena finalizará el 28 de octubre de 2029.

Puntaje nacional en la PAES y solicitud para estudiar desde prisión

De acuerdo con antecedentes judiciales y lo informado por BioBioChile, el condenado rindió la Prueba de Acceso a la Educación Superior (PAES) en 2025, instancia en la que obtuvo puntaje nacional certificado por el Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional (DEMRE).

Tras los resultados, manifestó su intención de ingresar a la carrera de Ingeniería y solicitó a Gendarmería autorización para acceder a un computador con conexión controlada a internet dentro del recinto penitenciario.

Sin embargo, la institución rechazó la petición argumentando limitaciones técnicas y operativas. Entre ellas, la inexistencia de salas habilitadas, ausencia de puntos de red para conexión restringida y falta de equipos computacionales disponibles para internos que quisieran cursar estudios online.

Gendarmería sostuvo además que los recursos tecnológicos existentes estaban destinados exclusivamente al funcionamiento institucional y a talleres penitenciarios ya establecidos.

La defensa apeló al derecho a la educación y reinserción social

Frente a la negativa, la defensa de Marcelo Moya recurrió a tribunales argumentando que el acceso a la educación en contexto penitenciario está contemplado en la normativa vigente y constituye un elemento central para los procesos de reinserción social.

El abogado Ricardo Bravo Cornejo sostuvo que la solicitud no implicaba acceso libre a internet, sino un mecanismo limitado y fiscalizable.

"No estamos frente a un permiso general para navegar en internet, sino ante una medida acotada, fiscalizable y compatible con la seguridad penitenciaria", planteó el defensor durante la tramitación judicial.

La defensa propuso que el acceso operara bajo horarios definidos, supervisión institucional y navegación restringida únicamente a plataformas académicas.

El fallo de la Corte de Apelaciones

Al revisar los antecedentes, la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que la privación de libertad no extingue el derecho a la educación cuando existen condiciones para ejercerlo.

En la resolución, el tribunal señaló que Moya mantiene "incólume su derecho a la educación en la medida que las posibilidades de la unidad penal en la que se encuentra lo permitan".

Los ministros además estimaron que las dificultades técnicas planteadas por Gendarmería podían ser solucionadas, indicando que el acceso requerido "solo requiere un lugar con acceso a internet".

Por ello, la Corte calificó la negativa institucional como antijurídica y ordenó habilitar un espacio físico con acceso restringido y supervisado para que el condenado pueda desarrollar estudios superiores online.

Debate sobre reinserción y sistema penitenciario

La resolución volvió a instalar la discusión sobre las condiciones de reinserción en las cárceles chilenas y el acceso a educación formal para personas privadas de libertad.

Desde la defensa sostuvieron que impedir este tipo de iniciativas termina afectando directamente los procesos de reinserción.

"Cuando Gendarmería niega este tipo de solicitudes sin una fundamentación individualizada, afecta la reinserción social porque desincentiva el esfuerzo, castiga la iniciativa personal y reduce las posibilidades reales de preparación para la vida posterior al cumplimiento de la pena", afirmó Bravo Cornejo.

El caso también ha generado debate público debido a la gravedad de los delitos por los cuales Moya fue condenado, especialmente considerando que la autorización judicial no modifica su condena ni sus condiciones de cumplimiento, sino únicamente garantiza acceso supervisado a educación superior.

La investigación que derivó en su condena

La causa se originó en 2014, luego de una alerta emitida por Interpol Alemania que advirtió sobre descargas de pornografía infantil vinculadas a una dirección IP en Chile.

Posteriormente, diligencias realizadas por la Policía de Investigaciones (PDI) permitieron ubicar dispositivos electrónicos asociados al condenado. Los antecedentes recopilados derivaron en condenas por almacenamiento y producción de pornografía infantil, además de abuso sexual.

La pena comenzó a cumplirse el 21 de octubre de 2015.

Según registros internos de Gendarmería incorporados en la causa, Marcelo Moya ha mantenido buena conducta penitenciaria durante su permanencia en el recinto penal, contexto en el que decidió retomar estudios y rendir la PAES.

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