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Los detalles del juicio contra Ernesto Llaitul y otros cuatro comuneros por atentado en Los Ángeles

por Jorge Guzmán Buchón

El hijo del cabecilla de la CAM, junto con los cuatro comuneros fueron acusados por los delitos de homicidio frustrado e incendios, en hechos ocurridos en septiembre del 2021, en el sector rural Paraguay, en nuestra ciudad.

La audiencia se extendió durante toda la mañana de la jornada del sábado 04 de noviembre. El abogado defensor se negó a entregar declaraciones sobre el fallo. / Diario La Tribuna

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles dictó, durante la jornada del día sábado 04 de noviembre, un veredicto condenatorio por homicidios frustrados e incendios en contra de Esteban Ignacio Henríquez Riquelme, Ernesto Lincoyam Llaitul Pezoa, Ricardo Delgado Reinao y Roberto Villouta Alcamán, en calidad de co-autores de dos delitos frustrados de homicidio, un delito consumado y otro atentado de incendio. Por su parte, Eduardo Mauricio Cornejo Vidal resultó condenado, en calidad de cómplice de los delitos de incendio. Dichos ilícitos habrían sido perpetrados en septiembre de 2021, en el sector rural de Paraguay, en la comuna de Los Ángeles.

Luego de una resolución unánime y tras la deliberación de rigor, el tribunal, integrado por las magistradas Marisol Panes Viveros (presidenta), Constanza Naranjo Alé (redactora) y el juez Christian Osses Baeza, dio por establecidos tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de los acusados en los hechos acreditados. El acta de deliberación consigna "en cuanto a la participación (...) que los acusados Esteban Ignacio Henríquez Riquelme, Ernesto Lincoyam Llaitul Pezoa, Ricardo Esteban Delfado Reinao y Roberto Nicolás Villouta Alcamán forman parte de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), una organización dedicada a la reivindicación o recuperación territorial por medios violentos".

PRUEBAS DEL CASO

En el dictamen se agrega que "(...)considerando su pertenencia a una organización que ha declarado públicamente que su objetivo es la recuperación territorial, y que ha denominado públicamente estos ataques incendiarios a camiones forestales como actos de "sabotaje", que se trató de un acto cuidadosamente preparado para no dejar evidencias; que cada uno se trasladó hacia las cabañas de La Isla desde lugares lejanos de las regiones del Biobío y de La Araucanía sin motivo aparente; que Cornejo Vidal faltó a la verdad acerca de quiénes eran las personas ocupantes de la cabaña, diciendo que eran familiares; que José Marilao Matus y Esteban Henríquez Riquelme al ser controlados dijeron que andaban "por trabajo"; y que de las escuchas telefónicas y fotografías obtenidas del celular de Ricardo Delgado Reinao dan cuenta de su vinculación con actividades de recuperación de tierra, de embozamiento y utilización de armas de fuego en el corte de caminos".

El veredicto condenatorio agrega que "el día de los hechos sus señales de celulares fueron captadas por la celda correspondiente al sitio del suceso conforme a las compañías telefónicas que prestaban servicio a cada uno de los acusados, no pudiendo ser una distinta, cuyas transmisiones cesaron al momento en que ocurría el atentado; sumado a que se fueron del lugar sin dar aviso una vez perpetrados los delitos". De acuerdo a lo estimado por el tribunal, los hechos anteriormente descritos constituyen "una serie de indicios que en su conjunto permiten presumir, fundamentalmente que los acusados Esteban Ignacio Henríquez Riquelme, Ernesto Lincoyam Llaitul Pezoa; Ricardo Esteban Delgado Reinao y Roberto Nicolás Villouta Alcamán actuando concertada y coordinadamente cometieron los  hechos que se le atribuyeron en la acusación a título de coautores en los delitos de incendio en grados de consumado y atentado y dos homicidios frustrados y, en el caso de Eduardo Mauricio Cornejo Vidal a título de complicidad solo en los delitos de incendio en grados de consumado y tentado".

PRÓXIMA FECHA CLAVE

La audiencia de comunicación de la sentencia, que será redactada por la magistrada Naranjo Alé, quedó programada para las 13:00 horas del próximo jueves 16 de noviembre. La sesión realizada durante la jornada del sábado constó en la entrega de los datos relevantes para el caso, a lo que se sumó la petición del abogado querellante de tomar en cuenta para la condena los argumentos presentados por la defensa. La decisión final, sin embargo, se dará a conocer en la fecha anteriormente mencionada, conforme con lo que dictamine para esa instancia el Tribunal Oral en Lo Penal de Los Ángeles.

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