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La Tribuna

Cinco integrantes de la CAM son condenados por atentados incendiarios en Los Ángeles

por Nicolás M.

Desde la Fiscalía solicitaron que cuatro de los cinco condenados tengan penas de diez años y dos días para cada uno.

Juicio / Cedida

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles dictó este sábado el veredicto condenatorio en contra de Esteban Ignacio Henríquez Riquelme, Ernesto Lincoyam Llaitul Pezoa, Ricardo Delgado Reinao y Roberto Villouta Alcamán, en calidad de coautores de dos delitos frustrados de homicidio, un delito consumado y otro tentado de incendio. En tanto, Eduardo Mauricio Cornejo Vidal resultó condenado, en calidad de cómplice de los delitos de incendio. Ilícitos perpetrados en septiembre de 2021, en sector rural Paraguay de la comuna angelina.

En resolución unánime, el tribunal integrado por las magistradas Marisol Panes Viveros, Constanza Naranjo Alé y el juez Christian Osses Baeza dio por establecido tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de los acusados en los hechos acreditados.

LOS HECHOS

De acuerdo con los documentos: "Se estableció que los acusados (...) forman parte de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), una organización dedicada a la reivindicación o recuperación territorial por medios violentos".

"Considerando su pertenencia a una organización que ha declarado públicamente que su objetivo es la recuperación territorial, y que ha denominado públicamente estos ataques incendiarios a camiones forestales como actos de ‘sabotaje’, que se trató de un acto cuidadosamente preparado para no dejar evidencias; que cada uno se trasladó hacia las cabañas La Isla desde lugares lejanos de las regiones del Biobío y de La Araucanía sin motivo aparente; que Cornejo Vidal faltó a la verdad, acerca de quiénes eran las personas ocupantes de la cabaña, diciendo que eran familiares; que José Marilao Matus y Esteban Henríquez Riquelme al ser controlados dijeron que andaban ‘por trabajo’; y que de las escuchas telefónicas y fotografías obtenidas del celular de Ricardo Delgado Reinao dan cuenta de su vinculación con actividades de recuperación de tierra de embozamiento y utilización de armas de fuego en el corte de caminos", prosigue.

"(...) Y por sobre todo, que el día de los hechos sus señales de celulares fueron captadas por la celda correspondiente al sitio del suceso conforme a las compañías telefónicas que prestaban servicio a cada uno de los acusados, no pudiendo ser una distinta, cuyas transmisiones cesaron al momento en que ocurría el atentado; sumado a que se fueron del lugar sin dar aviso una vez perpetrados los delitos", plantearon desde el TOP de Los Ángeles.

CAMINO A LA SENTENCIA

Por su parte, el fiscal Michelangelo Bianchi, jefe de la Fiscalía de Análisis Criminal del Biobío, destacó que el Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles acogió las evidencias y testimonios acusatorios para arribar a la convicción de las responsabilidades de los imputados en los hechos.

Asimismo, resaltó que se logró esta condena con un trabajo investigativo desarrollado por las fiscalías regionales de la macrozona sur, obteniendo evidencia científica que permitió la identificación de los inculpados.

Vale señalar, que la Fiscalía solicita a los jueces que los cuatro condenados por los homicidios frustrados e incendios tengan penas que suman diez años y dos días para cada uno. En cuanto al quinto sujeto que fue considerado cómplice, se pide una sanción de cinco años de presidio. Dicha sentencia se dará a conocer el jueves 16 de noviembre a las 13:00 horas.

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