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Cartas para el futuro XIV: Principios rectores de la Convención

Bryan Smith
Director de estrategia y desarrollo, Observa Biobío.

por Bryan Smith
Director de estrategia y desarrollo, Observa Biobío.

Dentro de seis meses podremos conocer los resultados del proceso que ha llevado a cabo la Convención Constituyente, de confección de una nueva Constitución, que luego someteremos a plebiscito de salida, para decidir si será o no, nuestra próxima carta magna. Proceso que no ha estado exento de críticas.

Por eso, es que vale la pena hacer un breve análisis que permita entender el proceso - más allá de lo desafortunado - y para esto, es necesario conocer algunos de los principios que rigen a esta institución democrática, con tan altísima tarea.

Paridad de género: este proceso cuenta con la novedad internacional de equiparar las fuerzas masculinas y femeninas desde la elección misma de quienes hoy ocupan los escaños, siendo reconocida a nivel mundial, como una medida importante en la lucha con la desigualdad en esta materia.

Escaños reservados: fue una discusión compleja para sectores de la derecha, que terminó con un final interesante bastante representativo de nuestros compatriotas que pertenecen a las primeras naciones o pueblos ancestrales, pero a diferencia de la paridad de género, no es la primera vez que se aplica, tanto en una convención constituyente como en un órgano colegiado.

Protección del medioambiente: si bien no está regido previamente, las declaraciones de principios de la gran mayoría de miembros de la convención han declarado la relevancia de esta materia, convirtiendo este proceso en la oportunidad de tener la primera eco constitución del planeta.

Democratización de los procesos y participación ciudadana: también ha sido posible observar una disposición clara, mayoritaria y contundente hacia democratizar todos los procesos posibles, desde la misma convención, lo cual, debiese también regir los resultados y los procesos del Estado que quedará configurado en la carta magna realizada por esta institución, incluyendo la posibilidad de que la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil, puedan presentar proyectos a esta misma convención y en el futuro al Congreso de Chile, tanto para crear como para derogar leyes.

Descentralización: dada la visión y declaraciones de varios miembros de este capítulo, es muy probable que el Estado centralizado cambiará para ser un Estado flexible, que apunte hacia una descentralización de los procesos, llevando las decisiones a los territorios, mejorando así las políticas públicas, la representatividad y la participación local en la toma de decisiones.

Y, por último, el principio observable y más relevante de la Convención Constituyente es la integración, pues el ejercicio completo de los principios mencionados supone una integración de paradigmas que han mantenido dividida a la sociedad, sumado a esto la discusión de asuntos relativos a la integración de personas con diversidad funcional, disidencias sexuales y otros grupos de la sociedad que han sido desplazados por los prejuicios y la desatención.

Entonces, y considerando tan solo estos principios, es que más allá de la crítica fácil y los escándalos indecorosos que existen en la política, es que la Convención tiene posibilidades interesantes para el futuro, que dependerán de sus niveles de acuerdo, estrategia comunicacional y, fundamentalmente, consideración con cada ámbito a discutir, los cuales permitirán ajusticiar todo lo que no se ha ajusticiado nunca y lograr una justicia social.

Menos critica, más atención, que mucho depende de la Convención.

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