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Yo, te cuido: El azul se respeta

Leslia Jorquera

Francisco Muñoz Almendras. Ciudadano y estudiante de Enfermería.

por Leslia Jorquera

 El sustento legal de cada profesión del área de la salud, está basada en algo llamado “Código Sanitario”. En este código, en su artículo 113, se establece que la labor de Enfermería comprende la gestión del cuidado de las personas en todo su ciclo vital, desde que nace hasta la muerte.

En las últimas semanas quizás en más de alguna ocasión a través de sus redes sociales ha visto como el gremio de Matronas y Enfermeros/as han lanzado declaraciones cruzadas respecto a las funciones y servicios que unos y otros realizan en los servicios de Neonatología, Ginecología y Obstetricia ¿A quién le pertenece? ¿Sólo a matronas? ¿O a matronas y enfermeros/as?

Estimado/a lector, déjeme comentarle con un poco de historia, leyes y hechos empíricos lo que está sucediendo para que pueda formar su opinión.

Tras el golpe de Estado, se cerraron muchas escuelas de Enfermería en Chile, provocando un grave déficit de éstas en los hospitales. Es por esta razón y por su cercanía con la labor con el neonato, se comenzó a instruir a las matronas en servicios de Neonatología, para que trabajaran en conjunto. Posterior a ello y tras varios reclamos, la Contraloría se pronuncia y declara a través de la famosa norma 21 la exclusión, de manera injusta e ilegal a Enfermeras/os y alumnos de estas áreas.

Ahora, el sustento legal de cada profesión del área de la salud, está basada en algo llamado “Código Sanitario”. En este código, en su artículo 113, se establece que la labor de Enfermería comprende la gestión del cuidado de las personas en todo su ciclo vital, desde que nace hasta la muerte natural, a través del acompañamiento en salud (Prevención y educación) como en la enfermedad (Cuidado, curación y recuperación en salud) Además de ello, se agregan acciones que derivan del diagnóstico médico y otras que dependen del exclusivo criterio independiente de Enfermería. Finalmente, enfemeros/as tienen la capacidad  para sumir servicios y direcciones en salud porque tienen las competencias necesarias para la administración de recursos y así entregar una atención en salud de acceso universal, oportuno y de calidad a todo aquel que lo requiera.

La Contraloría ya se ha pronunciado tres veces respecto a este tema, favoreciendo siempre la legítima demanda de enfermeras/os, derogando la norma 21 y declarando que el servicio de Neonatología, Ginecología y Obstetricia no es de exclusividad de Matronería, sino que es compartida, ya que el cuidado del paciente patológico, en este caso de la mujer y el neonato patológico, le pertenece por historia y derecho a Enfermería.

Hago un llamado públicamente al seremi de Salud don Eric Jiménez, enfermero de profesión, para que pueda acercarse a profesionales y estudiantes de Enfermería y así poder interceder políticamente con el ministro Santelices, para que se pueda dar cumplimiento a este dictamen y así, matronas/es y enfermeras/os puedan trabajar en conjunto, en sus labores correspondientes, para poder entregar un servicio sanitario que esté a la altura de los tiempos de hoy.

Chile, al igual que el servicio de Neonatología, es una mesa para todos.

Francisco Muñoz Almendras. Ciudadano y estudiante de Enfermería.

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