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Alertas de seguridad

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Es importante recalcar que las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que sus productos no pongan en riesgo la seguridad de los consumidores. En definitiva, todos los bienes que se comercialicen deben ser seguros, esto no tiene que ver con cuánto se pague por ellos.

por La Tribuna

Juan Pablo Pinto

Director Regional del Sernac

Región del Biobío

Recientemente una empresa informó al Sernac una alerta de seguridad respecto de dos modelos de parrillas a gas comercializadas en el país entre agosto de 2016 y septiembre de 2017, debido a un posible recalentamiento del flexible o cañería, implicando un riesgo para la seguridad de los consumidores.

Según lo indicado por la empresa, a la fecha de emitir la alerta, se habían reportado un par de incidentes, afortunadamente sin consecuencias graves para los consumidores.

Este tipo de alertas no son excepcionales, sino que ocurren habitualmente. Por ejemplo, durante el año 2017, el Sernac recibió 75 casos, 66 de ellos relacionados con el rubro automotriz.

Una de las preocupaciones permanentes del Servicio es justamente velar por el derecho a la seguridad que tienen los consumidores al momento de realizar alguna acción de consumo.

En este sentido, la seguridad en el consumo se aborda como el deber de evitar los riesgos presentes en los productos y servicios que se comercializan en el mercado, que pueden ocasionar daños a la salud, al entorno o al medio ambiente.

Es importante recalcar que las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que sus productos no pongan en riesgo la seguridad de los consumidores. En definitiva, todos los bienes que se comercialicen deben ser seguros, esto no tiene que ver con cuánto se pague por ellos.

Cuando una empresa detecta algún problema o eventuales peligros después de haber puesto sus productos en el mercado, tiene la obligación de informar inmediatamente a las autoridades competentes, en este caso, al Sernac.

Además, las empresas deben advertir a los consumidores, y tomar todas las medidas para disminuir los riesgos asociados al producto, por ejemplo, una de ellas podría ser el retiro del producto del mercado.

La empresa debe ofrecer una medida de mitigación del riesgo, por ejemplo, cambio, reparación o devolución del dinero, todo a su costa.

Por su parte, los consumidores tienen derecho a recibir información oportuna sobre el retiro y los pasos a seguir, así como la empresa debe entregar todas las facilidades para el cambio del producto u otras alternativas de compensación.

Hay que recalcar que las acciones realizadas por la empresa no la eximen de las responsabilidades que impone la Ley de Protección al Consumidor (LPC), ni de las eventuales acciones que los consumidores afectados pudieran ejercer por este hecho.

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