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La Tribuna

Corte Suprema revocó prohibición de uso de escopetas antidisturbios

por Juan Villalobos

carabinerosarmasperdigo /

"El contenido del protocolo (del uso de escopetas) y la utilización de determinados implementos para contener las manifestaciones sociales, es una temática que no puede ser resuelta por esta vía", argumentó el máximo tribunal.

El fallo había sido emitido en junio de 2020 por laCorte de Apelaciones de Valparaísotras una serie de recursos de protección presentados porel alcalde de Valparaíso,Jorge Sharp; losrectoresde las universidades Católica de Valparaíso, Federico Santa María y de Playa Ancha;observadores de Derechos Humanos; entre otros.

Según consignaEl Mercurio,el máximo tribunal justificó su decisión señalando quela determinación del actuar de Carabineros de Chile conteniendo las manifestaciones sociales, la pertinencia del uso de determinadas armas de fuego, el uso proporcional de la fuerza, el contenido del protocolo y la utilización de determinados implementos para contener las manifestaciones socialeses una temática que no puede ser resuelta por esta vía.

En ese contexto consideró la Corte Suprema que «corresponde, por tanto, determinar si las recurridas han incurrido en los actos arbitrarios e ilegales que se les reprochan, en relación con el incumplimiento de sus funciones destinadas al resguardo y restablecimiento del orden público, como también con el debido resguardo de los derechos de los manifestantes».

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