Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna

El delito de 1863 que se resolvió gracias a peritaje de dos ancianas "de respeto"

por Juvenal Rivera Sanhueza

Aunque no supieran leer ni escribir, las escogidas fueron doña Petrona Inzulsa y doña Narcisa Cabrera, dos damas que eran de toda la confianza del magistrado para acometer con semejante responsabilidad.

Señores de respeto, 3 /

Era un caso judicial complicado para Fermín Contreras, juez del Crimen de Los Ángeles. A diferencia de los apoyos técnicos especializados con que se cuenta en la actualidad, en 1863 (¡hace más de 150 años!) no había manera alguna de llevar a cabo los peritajes para esclarecer un delito. No estaba el conocimiento, mucho menos el o los especialistas. Menos todavía la posibilidad de pagar a un profesional que pudiera dar luces sobre lo que había sucedido.

En ese entonces, solo contaba con una dosis importante de sentido común y con la destreza del juez para llevar adelante las investigaciones, de interrogar a las víctimas y a los sospechosos, además de recabar pistas con el apoyo de la policía. El propio magistrado se encargaría después de dictar sentencia: era juez y parte.

No había fiscales que llevaran la acusación ni defensores que representaran a los sospechosos. En esos años, ni remotamente se contaba con un abanico de peritos especialistas en las diferentes materias. Era, por cierto, la antigua manera de administrar justicia.

Por eso, la denuncia por el delito de estupro cometido en la vecina localidad de Santa Bárbara en contra de una menor de 12 años era un verdadero dolor de cabeza para el juez. ¿Cómo verificar el ultraje sexual? En la actualidad, un médico legista haría un peritaje a la víctima y emitiría su informe al fiscal asignado al caso. Su resultado sería concluyente. La diligencia puede tardarse un tiempo en función de la cantidad de trabajo, pero la opinión fundamentada del especialista decide si el imputado va a la cárcel o si es absuelto.

Pero hace más de 150 años, no había ni legistas ni fiscales ni nada parecido. ¿Qué hizo el atribulado juez Fermín Contreras frente a semejante denuncia? Seguramente después de analizarlo por un rato, acudió a lo que tenía a mano en ese tiempo: dos ancianas de respeto para tener la opinión de ambas en calidad de peritos.

Aunque no supieran leer ni escribir (así se evidencia en el acta levantada al final de la diligencia), las escogidas fueron doña Petrona Inzulsa y doña Narcisa Cabrera, dos damas de las cuales se ignora cualquier antecedente, salvo que eran de toda la confianza del magistrado para acometer con semejante responsabilidad.

Mal que mal, el dictamen de ambas podía -ni más ni menos- decidir la culpabilidad o inocencia de un hombre, si se iba preso por su delito o si gozaba de la libertad por no tener responsabilidad alguna.

EL INFORME

En el informe, el juez Fermín Contreras señala, textualmente, lo siguiente:

Los Ángeles, 21 de octubre de 1863

Peritos

Doña Petrona Inzulsa y doña Narcisa Cabrera

Inmediatamente yo, el juez de este sumario, para tener conocimiento del cuerpo de delito, mandé a citar a dos señoras ancianas y de respeto que lo fueron doña Petrona Inzulsa y doña Narcisa Cabrera para que practicasen el reconocimiento de la chica violada llamada Petrona Hernández, que también trajo la madre para interponer su demanda.

Comparecidas que fueron las señoras citadas, se les destinó una pieza para que ambas, en compañía de la madre de la ofendida, hiciesen solas su reconocimiento. Concluido que fue el acto, les tomé el juramento conforme al derecho y después del cual fueron interrogadas sobre el hecho y dijeron cada una de por sí que consta de una manera conmovedora el estupro cometido como lo manifestaba el desfloramiento de la víctima, quedando con una irritación bastante alarmante, la camisa manchada de sangre y demás señales de cómo se perpetró el delito.

Leída que les fue su declaración, se ratificaron en ella y no firmaron por no saber y lo hicieron conmigo los testigos con quienes actúo a falta de escribano.

Fermín Contreras

(Dos firmas)

En consecuencia, la opinión de las dos ancianas de respeto fue más que suficiente para que el magistrado Contreras se hiciera la convicción de que el delito sí fue cometido y su hechor debía ser condenado por semejante tropelía.

(La imagen pertenece al libro "Historia de la Medicina Chilena" de Ricardo Cruz-Coke, editado en 1995)

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto