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Autonomía progresiva pone freno a proyecto de ley en materia de garantías y derechos de menores

por La Tribuna

Hasta dónde la autonomía podría afectar la educación familiar y qué riesgos podrían correr los menores al tener la libertad de ciertas decisiones a temprana edad son parte del análisis realizado por personeros políticos y experto en Derecho de Familia, Género e Infancia.

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Claudia Fuentes R.

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Durante esta semana salió a la luz pública un proyecto de ley de reforma constitucional en materia de niños, niñas y adolescentes que está en progreso en el Parlamento pero que tuvo un abrupto freno, luego que el Gobierno debiera retirar la urgencia ante un aspecto en particular que ha generado alerta entre padres y tutores, y también en el mundo político.

Se trata de la denominada autonomía progresiva de los menores de edad que según se plantea relativiza el derecho preferente de los padres para criar a sus hijos.

Uno de los que se pronunció al respecto fue el diputado RN por la zona, Cristóbal Urruticoechea asegurando que este proyecto contraviene el derecho que tienen los papás de educar en forma preferente a sus hijos.

Este proyecto contraviene el derecho que tienen los papas de educar de forma preferente a sus hijos, en países como España y Argentina se ha interpretado como una consagración de plena autonomía jurídica, incluyendo la capacidad de imponerse a las directrices de sus padres que sean contrarias a su supuesta autonomía. Este proyecto podría traer consecuencias realmente nefastas para la educación que los padres le quieran dar a sus hijos, expresó el diputado.

Agregando que en virtud de esta autonomía progresiva mal entendida, los niños y adolescentes podrían cambiarse de sexo, hacerse un tatuaje, pedir que se les administre la eutanasia, o solicitar que se les practique un aborto, aun cuando sus padres estén en contra.

Urruticoechea complementó señalando que el proyecto se contrapone con instituciones jurídicas propias del Derecho Civil como la patria potestad o cómo la capacidad para ejercer un derecho.

PADRES OBJETORES

Así como el proyecto encontró detractores a nivel político, también existen en la comunidad y se han hecho manifestar a través de una campaña por redes sociales donde se insta a las familias a informarse del tema. 

La ONG padres objetores esta viralizando información al respecto (ver imagen) donde aborda el tema señalando que esta modificación permitiría a un menor de edad cambiar de sexo, abortar o acceder a un suicidio asistido sin necesidad de la autorización de sus padres, incluso ahondan indicando que podrían tener relaciones sexuales con un adulto de igual o distinto sexo, sin que los padres puedan intervenir.  ¿Cuántos de estos temores son fundados?

La Tribuna conversó con la directora regional del Sename, Ximena Morgan; quien visitó Los Ángeles este jueves para firmar un convenio de colaboración mutua entre el Servicio de Salud Bío Bío y Sename. En la ocasión, y consultada por el tema aclaró lo que se persigue con la autonomía progresiva en los menores de edad, y cómo los organismos que trabajan con niños, niñas y adolescentes deben abordarla.

La autonomía progresiva tiene que ver con el ciclo vital de niños, niñas y adolescentes. Claramente un niño que tiene 6 años no puede ser totalmente autónomo en las decisiones que tome para su vida, y es diferente a uno de 13 años, esto tiene que ser acorde a la etapa evolutiva del menor, explicó.

Agregando que esta autonomía debe aplicarse caso a caso.  Señalando que hay niños que cognitivamente tal vez no están preparados o su desarrollo es distinto a menores de la misma edad, pero que la idea de esta medida, es que puedan crecer y tomar decisiones responsablemente. Lo importante acá es que los sistemas de cuidados deben estar acordes y se les debe dar la oportunidad de seguir creciendo y desarrollándose, fortalecer las competencias de autonomía progresiva, de tal manera que cuando lleguen a la adultez puedan ser un adulto autónomo, resolutor de problemas y puede tomar decisiones apropiadamente, con todas las habilidades y competencias que se requieren, finalizó.

LA VOZ EXPERTA

Sobre el tema, Cristopher Maureira Royo, jefe de carrera de Derecho UST Los Ángeles y master en Derecho de Familia, Género e Infancia de la Universidad de Jaén, España explicó que el proyecto de ley ingresado al Congreso Nacional propone un sistema completo de garantías de los derechos para la niñez orientado a asegurar la efectividad de los derechos de los niños y a velar por su pleno desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social, considerando su identidad cultural y su pertenencia a pueblos indígenas. Este sistema es integral, es decir pretende dotar al país de un sistema coordinado de dispositivos legales, institucionales, políticos y sociales con miras a la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Este proyecto de ley, desde mi punto de vista, viene a saldar una deuda que Chile tenía con los niños, más aún por cuanto en el año 1.990 nuestro país ratificó la Convención de los derechos del niño obligándose, en general, a adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole que fueran necesarias para dar efectividad a los derechos reconocidos en esa convención, situación que, hasta la fecha, no estaba ocurriendo, planteó.

Maureira ejemplificó, señalando que la convención reconoce expresamente que los niños, niñas y adolescentes son titulares de derechos y que, además, pueden gozarlos y ejercerlos libremente, de acuerdo a la evolución de sus facultades. Esta situación no estaba reconocida en nuestra legislación interna y este proyecto de ley lo establece de manera clara y contundente. Otro punto a destacar, según mi opinión, es que actualmente la protección a los niños, niñas y adolescentes en nuestro país es reactiva; es decir, sólo se preocupa de aquellos que se encuentran actualmente en una situación grave de vulneración, no existiendo políticas de estado para prevenir ni detectar las vulneraciones a que estos puedan estar sometidos. Este proyecto de ley viene en salvar dichas omisiones estableciendo este sistema integral de protección en donde estarán coordinados todos los servicios del estado en miras a la protección de los niños y con el objetivo de que todos y cada uno de ellos  alcance su mayor realización material y espiritual posible y les permita ejercer los derechos que se encuentran reconocidos en la Convención de los derechos del Niño, entre los que se encuentran el derecho a la vida, a la identidad, a vivir en familia, a ser oído, a la honra, a la salud, etcétera.

EL ROL DE LA FAMILIA

A su vez aclaró, y ante los temores planteados por padres, apoderados y tutores, que tanto la Convención de los derechos del niño como el proyecto de ley establece de forma primordial el reconocimiento y el respeto de las relaciones y funciones de la familia como núcleo básico de protección de los derechos del niño. Se enfatiza en el papel de orientación y guía que les compete a los padres en el ejercicio de los derechos de los niños; fortaleciendo, además, los deberes y derechos de los padres en relación con la crianza y cuidado de los mismos.

La autonomía progresiva les permitirá tomar ciertas decisiones de acuerdo a su grado de desarrollo físico y mental, pero siempre en miras al reconocimiento y protección de sus derechos, situación totalmente contraria a las que se plantean en la pregunta, ratificó.

En tanto, remarcó que el proyecto de ley no contempla modificaciones al Código Penal ni Procesal Penal en materias relacionadas a los delitos sexuales ni tampoco en materias relacionadas con las salidas de los niños del país. Sin perjuicio no debiera existir, desde mi punto de vista, preocupaciones en estos ámbitos toda vez que lo que se pretende con este proyecto es justamente la protección integral de los niños lo que va a implicar prevenir que estos puedan resultar dañados por cualquier componente de la sociedad, del estado o de su propia familia, pero siempre mirándolos desde el punto de vista de sujetos de derecho; es decir, permitiéndoles que puedan ejercer libremente sus derechos teniendo en miras su interés superior, es decir, su mayor desarrollo material y espiritual posible, concluyó. 

¿QUÉ ES LA AUTONOMÍA PROGRESIVA?

Legalmente, según Maureira es, la capacidad de los niños, niñas y adolescentes de ejercer sus derechos a medida que se desarrollan mental y físicamente. En otras palabras significa que, a medida que los niños, niñas y adolescentes alcancen mayor desarrollo físico y mental, ellos podrán ejercer por sí mismos sus derechos.

Con la autonomía progresiva se cambia el paradigma de los niños como objeto de protección del estado a la teoría de los niños como sujetos de derecho, lo que nos permite entonces hablar de una protección integral de la niñez.

Es importante destacar que la autonomía o capacidad progresiva que se les reconoce a los niños, niñas y adolescentes no sólo comprende el ejercicio de sus derechos sino también sus obligaciones. Esto significa que los niños, niñas y adolescentes son responsables de sus actos a medida que van adquiriendo madurez y en consecuencia si un adolescente tiene la suficiente madurez para tomar una decisión sobre su vida, también lo es para asumir los errores, riesgos y deberes que aquella decisión le puede traer aparejado.

El proyecto de ley no establece una edad fija en donde se pueda entender que los niños, niñas y adolescentes alcanzan un grado mayor o menor de madurez (tampoco lo establecen las legislaciones extranjeras ni la Convención de los derechos del niño), por lo que siempre se verá casuísticamente y dependiendo de las realidades y políticas públicas que se quieran adoptar.

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FRASE DESTACADA: El proyecto de ley no contempla modificaciones al Código Penal ni Procesal Penal en materias relacionadas a los delitos sexuales ni tampoco en materias relacionadas con las salidas de los niños del país.

Cristopher Maureira Royo, master en Derecho de Familia, Género e Infancia de la Universidad de Jaén, España.

FRASE DESTACADA 2: En virtud de esta autonomía progresiva mal entendida, los niños y adolescentes podrían cambiarse de sexo, hacerse un tatuaje, pedir que se les administre la eutanasia, o solicitar que se les practique un aborto, aún cuando sus padres estén en contra.

Cristóbal Urruticoechea, diputado RN Distrito 21.

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