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La Tribuna

Desde Sernac Biobío llaman a tener claridad sobre el cambio de productos

por Alejandra Sánchez

El director regional del servicio en Biobío, detalló las situaciones en la que los consumidores pueden hacer valer sus garantías.

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Se acaba la Navidad, y al día subsiguiente comienza el cambio de los regalos, ya sea por falla o gusto. Ante este, ya tradicional escenario, el director regional del Sernac en Biobío, Juan Pablo Pinto, recordó que existen distintas situaciones para cambiar los productos.

“Hay dos situaciones que son distintas, una tiene que ver con lo que es la garantía legal de los productos, que eso es transversal, y no involucra ninguna fecha especial, y opera cuando el producto tiene una falla en el origen o no se puede utilizar para aquello que fue diseñado”.

A ello, agregó que “esta garantía tiene un plazo de tres meses, en donde es el consumidor que tiene tres opciones para elegir, el cambio del producto, la reparación si costo, o la devolución del importe cancelado completo”.

Otra de las situaciones es el cambio por gusto, el que se rige a las condiciones que pone el comercio. “Es decir, uno adquiere un producto para regalarlo, y la persona a la cual se le va a regalar, ya sea por talla, color o por cualquier circunstancia, no le agradó el producto, ahí opera lo que es una opción voluntaria de los comercios para ofrecer el cambio de los productos, y en este caso son ellos también los que ponen las condiciones en las cuales van a ser efectivo este beneficio”.

En el caso de las compras por internet, el director regional de Sernac sostuvo que “en este caso y en la compras por adhesión como por ejemplo, estos eventos que se organizan para las vacaciones de tiempo compartido, existe en la Ley un derecho adicional que es el derecho a retracto, y tiene que ver con un plazo de 10 días que otorga la ley para retractarse de la compra”.

Añadiendo que “en las comprar por internet, el consumidor no ha visto ni probado el producto”.

PLAZOS Y MODALIDADES

Asimismo, dentro de una garantía legal, el plazo son de tres meses, y para el cambio por gusto, es el comercio el que establece las condiciones, como por ejemplo un plazo que puede ser de 10, 20 o 30 días, que es lo más habitual.

“Puede establecer que el producto se devuelva en las mismas condiciones que salió de la tienda, vale decir con su envase, etiquetado, entre otras, y también puede pedir la boleta, pero es el proveedor en este caso, el que ofrece este beneficio de manera voluntaria, y es él el que pone las condiciones”, detalló Pinto.

Del mismo modo, agregó que “nosotros como Sernac le hemos recalcado a los proveedores que estas condiciones de cambio, sobretodo en estas fechas, estén a la vista del consumidor, en la medida que tenga mayor información, puede tomar mejores decisiones, si la política de cambio de una determinada empresa no le es cómoda, que sea el consumidor quien decida si compra en ese comercio, o no”.

Finalmente, el director regional del servicio, enfatizó que “este beneficio es voluntario, y por lo tanto, no es exigible al amparo de la Ley del Consumidor, es una opción que otorga el comercio como un beneficio hacia el consumidor, como una manera de fidelizarlo, generar cierta simpatía con el comercio. Por lo tanto, el llamado es a los proveedores a que entreguen esa información y cumplan lo ofrecido, y los consumidores que tengan claro que en esas fechas es importante conocer bajo qué condiciones el comercio está dispuesto a hacer, lo que nosotros denominamos, cambio por gusto”, concluyó.

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