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La Tribuna

Registran 217 denuncias por agresiones a funcionarios de la salud en Biobío

por Nicolás M.

Agresiones a personal de salud / Cedida.

La preocupación de los padres por la salud de sus hijos y el considerable aumento de consultas por enfermedades respiratorias en los establecimientos de salud de la Red Asistencial de la provincia de Biobío, ha generado cierto grado de presión en las unidades de urgencia que - durante los últimos días - ha tenido como resultado episodios de violencia hacia funcionarios y funcionarias de distinto recintos hospitalarios que, hasta mayo de 2023, ya se registran 217 agresiones denunciadas.

Tras lo anterior, el director (s) del Servicio de Salud Biobío, Manuel Herbage, indicó que "el alza de las enfermedades respiratorias ha generado una demora adicional en la atención, aquello puede generar una molestia a los pacientes y familiares, lo que en algunas ocasiones terminan en agresiones en contra de nuestros funcionarios. Sin embargo, nada justifica la violencia, por eso como Servicio de Salud manifestamos nuestro absoluto repudio a estas acciones violentas hacia nuestros funcionarios de salud, por esta razón, hemos desarrollado y se proyectan aún más acciones de prevención y apoyo a funcionarios que sufran algún tipo de agresión. Pero más allá de ello, existen sanciones legales para quienes agredan física o verbalmente a funcionarios".

La Ley N°21.188 o "Ley de Consultorio Seguro", está vigente desde diciembre de 2019. Dicha ley, modificó, entre otras, el Código Penal, con el objeto de endurecer las penas aplicables a quienes violenten a funcionarios y funcionarias se encuentren en el ejercicio de sus funciones en establecimientos de salud, a causa o con ocasión de ellas.

El código indicado establece la aplicación de penas que van desde multas de 1 a 4 UTM hasta presidio mayor en su grado mínimo a medio (desde 5 años y un día a 15 años) si debido a las lesiones el funcionario o funcionaria lo deja incapacitado o inútil para el trabajo y con presidio menor en su grado máximo (desde 3 años y 1 día a 5 años), si el funcionario presenta enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días; entre otras penas.

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