Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna

Llaman a los empleadores a ser flexibles durante la ola de calor

por Nicolás C. Muñoz Díaz

Las condiciones de temperatura extrema en la zona obliga a elevar las precauciones para quienes desarrollan labores en lugar con exposición directa al sol.

Round saw in the hands of the Builder, work on laying paving sla / Round saw in the hands of the Builder, work on laying paving slabs. Working saws, cuts paving slab

En ediciones anteriores de diario La Tribuna se evidenciaron las obligaciones contempladas en la legislación chilena en materia de protección contra la exposición a la radiación ultravioleta (UV). Evidenciando normas como el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo y la Ley de Ozono (Ley 20.096).

Es en ese contexto, el equipo de prensa se contactó con Patricio Pinilla, abogado laboralista y profesional de la Inspección del Trabajo de Biobío, quien entregó nociones acerca de cómo se implementan estas leyes actualmente, sumado a diversas recomendaciones tanto para trabajadores como empleadores.

“La legislación chilena a través del decreto supremo 594 del Ministerio de Salud establece varias condiciones que permiten proteger a los trabajadores. En primer lugar, el empleador tiene que entregar todos los implementos de seguridad que estime pertinente para que pueda proteger al trabajador dependiendo de las circunstancias. La ley no hace un detalle caso a caso, sino que depende del empleador, en conjunto con sus asesores técnicos, la determinación precisa de qué elementos utilizar”, comenzó explicando.

UNA TAREA COMPARTIDA

Considerando los días de calor extremo que se ha experimentado en estos días, se puede dar el caso en que alguna persona vea vulnerada su integridad a raíz de exposición directa sin protección al sol. En aquellos casos, Pinilla - quien también es concejal de Los Ángeles - detalló que: “Si una persona estima que el empleador no ha cumplido en proteger eficazmente la salud del trabajador no entregando los elementos de protección personal adecuados o bien, exponiendo al trabajador a condiciones extremas de temperatura, perfectamente el afectado puede efectuar una denuncia en la inspección del trabajo ya sea de manera presencial en la oficina o a través de la página web www.dt.gob.cl”.

No obstante, en la otra cara de la moneda, el abogado hizo un llamado a los mismos trabajadores a utilizar correctamente los elementos de seguridad, “porque no basta que el empleador los entregue, sino que deben ser usados adecuadamente. Además, el empleador debe cumplir con su rol de supervisión y vigilancia directa al trabajador para que este efectivamente las herramientas facilitadas”.

APRECIACIONES ACERCA DE LA LEY

De acuerdo con Pinilla, dentro de la actual legislación “se debería reforzar la posibilidad de que el trabajador también pueda, en casos de peligro inminente para la salud, suspender de manera automática las funciones. Existe una norma muy general al respecto, y creo que debería ser más regulada. Porque si un trabajador deja de prestar sus funciones dentro de la jornada de trabajo para la cual ha sido contratado puede ser objeto de despido, entonces por ese lado se debería ser un poco más explícito en las facultades del trabajador”.

Asimismo planteó que “se requiere aumentar las capacidades fiscalizadoras, porque a nivel local tienen facultad fiscalizadora tanto la Inspección del Trabajo como la Seremi de Salud, sin embargo, a raíz de la limitación de recursos, la fiscalización no es tan inmediata. Entonces, es muy difícil garantizar que al otro día de realizada la denuncia concurra al lugar un fiscalizador (...) Debería haber un reforzamiento de la dotación fiscalizadora en algunos momentos, para poder responder de manera adecuada a esto”.

EL DIÁLOGO ES FUNDAMENTAL

Si bien existen leyes que entregan regulaciones en torno a la salud en el trabajo, también se apela a la ética de los empleadores con sus subordinados para tomar decisiones en beneficio de ambos. “Generalmente la recomendación es que los trabajadores y empleadores puedan conversar adecuadamente, colocando como centro y elemento principal la protección a la salud del trabajador”, añadió Pinilla.

Durante esta época de alta temperatura el empleador puede flexibilizar la jornada de trabajo de tal manera que los trabajadores no estén tan expuestos al calor directo en la hora punta del día, “eso se puede hacer y es bastante recomendable, ya que el enfoque está en proteger eficazmente la salud (...) El llamado es a que el empleador sea flexible y coloque la salud del trabajador sobre otros temas que pueden ser igualmente importantes, como la productividad y el rendimiento, pero que deben ceder ante el objetivo mayor: la salud del trabajador”, concluyó el entrevistado.

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto