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Presidente Kast promulga Ley de Flagrancia: estas son las nuevas atribuciones de las policías

por Stephanie Ramírez M.

La normativa modifica el Código Procesal Penal y extiende de 12 a 24 horas el plazo de flagrancia para Carabineros y la PDI. La Autoridad Marítima podrá actuar hasta por 48 horas en el ejercicio de sus funciones de policía marítima.

https://www.latribuna.cl/politica/2026/10/03/presupuesto-2027-contempla-mas-de-11600-millones-para-el-servicio-de-migraciones-con-foco-en-concretar-expulsiones.html / X: @PresidenteKast

El Presidente José Antonio Kast promulgó este martes la nueva Ley de Flagrancia, iniciativa que modifica el Código Procesal Penal y amplía el plazo durante el cual determinadas situaciones pueden ser consideradas flagrantes.

La ceremonia se realizó en el Salón Montt Varas del Palacio de La Moneda y contó con la presencia de autoridades de Interior y Justicia, además de representantes de Carabineros, la Policía de Investigaciones (PDI) y Gendarmería.

La iniciativa es la primera de la Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo que completa su tramitación en el Congreso. El proyecto fue aprobado por ambas cámaras en septiembre, después de que una Comisión Mixta resolviera las diferencias surgidas durante su discusión legislativa.

De 12 a 24 horas: qué cambia con la nueva ley

Uno de los principales cambios está en el concepto de "tiempo inmediato" asociado a determinadas hipótesis de flagrancia.

Hasta ahora, el artículo 130 del Código Procesal Penal establecía un límite de 12 horas para situaciones como encontrar a una persona con objetos o señales vinculadas al delito, que víctimas o testigos la señalaran como autora o cómplice, o que apareciera en un registro audiovisual cometiendo el ilícito.

Con la nueva legislación, ese plazo se amplía a 24 horas cuando la detención es realizada por Carabineros o la PDI.

En el caso de la Autoridad Marítima, el período podrá extenderse hasta 48 horas cuando actúe en el ejercicio de sus funciones de policía marítima. El plazo de 12 horas se mantiene para las detenciones efectuadas por personas distintas de las instituciones contempladas en la nueva norma.

El objetivo de la modificación es entregar un margen mayor de actuación durante las primeras horas posteriores a la comisión de un delito, período considerado relevante para identificar responsables y reunir antecedentes.

Policías podrán solicitar registros de cámaras y georreferenciación

La ley también incorpora nuevas actuaciones que las policías podrán realizar sin una instrucción previa del fiscal.

Entre ellas se encuentra la posibilidad de requerir voluntariamente registros captados por cámaras de vigilancia de comercios y viviendas, información proporcionada por testigos y datos de georreferenciación que permitan localizar a personas u objetos relacionados con un delito.

Si el propietario o la persona requerida acepta entregar los antecedentes, la policía deberá levantar un acta y entregar una copia. Si existe una negativa, deberá informar inmediatamente al fiscal.

La normativa contempla además el deber policial de resguardar la integridad y la debida custodia de los registros obtenidos. Estas nuevas facultades fueron destacadas durante la discusión legislativa como herramientas para facilitar las diligencias durante las primeras horas de una investigación.

Nuevas atribuciones para la Autoridad Marítima

Otro de los cambios apunta a la actuación de la Autoridad Marítima.

La nueva normativa reconoce expresamente a esta autoridad, en el ejercicio de sus funciones de policía marítima, como auxiliar del Ministerio Público en las investigaciones que dirige.

En ese marco, podrá realizar actuaciones autónomas y controles de identidad respecto de personas que se encuentren en naves, artefactos navales y recintos portuarios, además de ejercer estas funciones en el mar territorial y las aguas interiores.

El cambio busca establecer de manera expresa el ámbito de actuación de la autoridad marítima dentro de las investigaciones penales relacionadas con hechos ocurridos en esos espacios.

Rol del Fiscal Nacional también se modifica

La ley, además, perfecciona las facultades del Fiscal Nacional para impartir instrucciones generales sobre diligencias inmediatas en determinados delitos.

Estas instrucciones deberán establecer los delitos en que podrán aplicarse, las actuaciones autorizadas, los mecanismos de dirección, supervisión y control, junto con los deberes de transparencia y rendición de cuentas.

Durante la tramitación parlamentaria, el presidente de la Comisión Mixta, senador Pedro Araya, señaló que la ampliación del plazo busca otorgar a las policías mayor margen para identificar a quienes participaron en un delito y recoger evidencia.

Kast destaca respaldo a las policías

Durante la promulgación, el Presidente José Antonio Kast destacó el respaldo de su administración a las policías y vinculó ese apoyo con los riesgos que enfrentan los funcionarios durante sus labores.

"¿Hay un cambio? Sí. ¿Hay más presencia policiales? Sí. ¿Eso implica más riesgo? Sí", afirmó el Mandatario, quien sostuvo que los funcionarios cuentan con "un respaldo total".

Kast también cuestionó el trato que, según planteó, recibieron Carabineros durante períodos anteriores y afirmó que la pérdida de posiciones frente al crimen organizado y el narcotráfico debe ser revertida.

En su intervención, el Presidente sostuvo además que el Estado deberá enfrentar delitos de mayor gravedad y situaciones vinculadas al crimen organizado en distintos sectores del país, siempre "apegados a la ley".

Finalmente, llamó al Congreso a acelerar la tramitación de las iniciativas que forman parte de la Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo.

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