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La Tribuna

Buscan endurecer sanciones por rayados, basura y ruidos en espacios públicos

por Jorge Monares Olivares

Proyecto en el Senado redefine el concepto de daño e incorpora multas y sanciones por conductas que afectan la convivencia.

Rayados en vía pública / Senado

La Comisión de Seguridad Pública del Senado será la encargada de analizar el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, orientado a perseguir conductas que afectan la seguridad en espacios públicos o que alteran gravemente la convivencia ciudadana.

La moción fue presentada por la senadora Paulina Núñez y los senadores Karim Bianchi, Alejandro Kusanovic, Carlos Kuschel e Iván Moreira, y surge como respuesta a la necesidad de proteger infraestructura esencial para el funcionamiento cotidiano, como establecimientos educacionales, centros de salud y servicios de emergencia.

Uno de los principales ejes de la propuesta es la redefinición del concepto de "daño" en el Código Penal, estableciendo que también lo constituye la alteración no autorizada de la apariencia de una cosa, cuando sea considerable, duradera o de difícil remoción.

En este punto se incluyen explícitamente rayados, firmas, dibujos o pegatinas. Además, se indica que los tribunales deberán considerar el costo de limpieza, reparación o restauración al momento de fijar sanciones.

El proyecto también refuerza la protección de recintos educacionales, establecimientos de salud —públicos y privados—, equipamiento de emergencia y espacios comunitarios como puentes, caminos y paseos.

Asimismo, se contemplan multas de 1 a 4 UTM (más de $280 mil) para quienes abandonen basura o escombros en playas, carreteras, plazas o sitios eriazos, abordando así vacíos legales en conductas que deterioran el entorno urbano y natural.

La iniciativa también sanciona el uso de dispositivos sonoros o amplificadores sin autorización en espacios públicos cuando estos generen una alteración grave de la tranquilidad ciudadana.

Finalmente, el proyecto amplía la prohibición de consumo de alcohol y sustancias sicotrópicas en bienes comunes sujetos a copropiedad inmobiliaria, salvo en espacios específicamente autorizados por sus reglamentos internos.

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