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La Tribuna

Voto Asistido: cómo ejercer tu derecho, qué apoyos existen y quiénes están exentos de multas

por Stephanie Ramírez M.

voto asistido / contexto | Gob.cl

El proceso electoral de este domingo 16 de noviembre contará con medidas especiales para garantizar que todas las personas puedan ejercer su derecho a voto en igualdad de condiciones. Entre ellas, el Voto Asistido permite a las personas con discapacidad o movilidad reducida contar con apoyo durante el sufragio, de acuerdo con lo dispuesto por el Servicio Electoral (Servel) y el Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis).

¿Qué es el Voto Asistido y quiénes pueden solicitarlo?

El Voto Asistido es un mecanismo legal que facilita la participación electoral de personas con discapacidad, adultos mayores o quienes requieran ayuda para votar. Este derecho se puede ejercer de tres maneras:

  1. Acompañado por una persona de confianza: el votante puede ingresar a la cámara secreta junto a una persona mayor de 18 años. Debe informar al presidente de mesa y el secretario registrará los nombres del votante y de su asistente en el acta, según lo establecido en la Ley N° 18.700, Artículo 61.
  2. Asistencia del presidente o presidenta de mesa: si el elector no está acompañado, puede solicitar ayuda al presidente de la mesa, quien permanecerá fuera de la cámara y solo colaborará en doblar y sellar el voto, resguardando el secreto del sufragio (Ley N° 18.700, Artículo 65).
  3. Voto fuera de la cámara secreta: las personas que utilizan silla de ruedas, camilla u otro implemento pueden votar fuera de la cámara. La mesa debe garantizar la privacidad del voto.

Herramientas de accesibilidad disponibles en los locales

Los locales de votación contarán con medidas específicas para asegurar un proceso inclusivo:

  • Plantillas ranuradas o con Sistema Braille: disponibles para personas con discapacidad visual o ceguera. Pueden solicitarse al presidente de mesa y su uso debe registrarse en el acta correspondiente (Ley N° 18.700, Art. 54 N°4).
  • Sistema Vi-sor: plataforma de videointerpretación en línea que permitirá a las personas sordas comunicarse en lengua de señas chilena o por escrito para resolver dudas durante la jornada.
  • Perros de asistencia: las personas que los requieran tienen derecho a ingresar con ellos tanto al local como a la cámara secreta.
  • Apoyo de las Fuerzas del Orden Público: en caso de requerir ayuda para acceder a la mesa, se puede solicitar asistencia a personal policial (Ley N° 18.700, Art. 113).

Voto obligatorio y excepciones de multa

En estas elecciones, el voto es obligatorio para todas las personas habilitadas, incluidas las personas con discapacidad. Sin embargo, la Ley N° 21.779 contempla excepciones de multa para quienes:

  • Posean Credencial de Discapacidad vigente.
  • Sean beneficiarios de una pensión de invalidez en cualquier régimen previsional.

Esta exención no implica que el voto sea voluntario. El deber cívico de participar se mantiene, pero quienes no puedan asistir por su condición no serán sancionados. En caso de ser citados por el Juez de Policía Local, deberán presentar la documentación que acredite su causal.

Garantía de igualdad y respeto al derecho a sufragio

El marco legal chileno establece sanciones a quienes impidan o dificulten maliciosamente el voto de una persona con discapacidad (Ley N° 18.700, Art. 132). Además, cada elector tiene derecho a tomarse el tiempo que estime necesario dentro de la cámara secreta (Art. 64).

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