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La Tribuna

El 17 de septiembre comienza el periodo oficial de propaganda electoral para las elecciones 2025

por Nicolás Maureira

El cronograma incluye difusión en medios, activismo en la vía pública y obligaciones para autoridades.

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El 17 de septiembre comienza oficialmente el periodo de propaganda electoral de las elecciones generales de 2025, en las que la ciudadanía deberá votar por la Presidencia de la República, diputados y senadores, en los comicios fijados para el 16 de noviembre.

De acuerdo al cronograma de las Elecciones Generales 2025 del Servicio Electoral (Servel), la Ley N°18.700 indica que los candidatos podrán difundir sus propuestas a través de prensa escrita, radioemisoras, redes sociales y plataformas digitales. También se permitirá la participación de brigadistas en la vía pública mediante banderas, lienzos no fijos o entrega de material impreso.

El cronograma incluye, además, la obligación de que las radioemisoras transmitan seis spots diarios con información electoral de utilidad ciudadana, cuyo contenido será definido por el Servel.

En paralelo, el  17 de septiembre se publicarán en el sitio oficial del Servel los Padrones Electorales definitivos y las nóminas de electores inhabilitados para sufragar, permitiendo a la población revisar su situación de cara a la elección.

OBLIGACIONES PARA AUTORIDADES

A partir del 17 de septiembre, las autoridades que inauguren obras o encabecen ceremonias públicas deberán invitar por escrito a todos los candidatos del respectivo territorio electoral, con el fin de garantizar igualdad de condiciones en el despliegue de campaña.

Con ello, el 17 de septiembre marca el inicio de la fase formal de campaña política, que se prolongará hasta el jueves 13 de noviembre a las 24 horas, tres días antes de las elecciones.

Principales reglas de propaganda electoral:

  • Difusión regulada en prensa, radio, redes sociales y plataformas digitales.
  • Activismo en la vía pública con banderas, lienzos móviles y material informativo.
  • Emisión obligatoria de seis cápsulas radiales diarias con contenido definido por el Servel.
  • Publicación de padrones definitivos y de la lista de electores inhabilitados para sufragar.
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