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La Tribuna

Nueva ley sancionará a quienes participen de carreras clandestinas de vehículos

por Camila M. Celis Rodríguez

La normativa establece castigos de penas de cárcel, multas y suspensión de la licencia de conducir para quienes se vean involucrados y organicen estos eventos.

Carreras Clandestinas 1 /

Desde este martes, tras su publicación en el Diario Oficial, comenzó a regir la nueva ley que sanciona con mayor castigo a quienes se vean involucrados en carreras clandestinas de vehículos motorizados y conduzcan a exceso de velocidad.

La normativa establece castigos de penas de cárcel, multas y suspensión de la licencia de conducir para quienes se vean involucrados y organicen estos eventos.

Sanciones:

Se incorpora una sanción de 41 a 60 días de prisión para los conductores que excedan por sobre 60 kilómetros el máximo de velocidad establecido en las rutas, vías y caminos del país.

Una multa de hasta 10 UTM, lo cual equivale a $600.000, y la suspensión de la licencia de conducir desde seis meses hasta dos años en una primera oportunidad, por hasta cinco años si hay reincidencia, y su cancelación permanente si se repite por tercera vez.

Además, exceder entre 20 y 60 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad en zonas urbanas y rurales será considerado una infracción grave.

Para los conductores que participen en carreras clandestinas se les asignará una pena de presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) o una multa de 2 a 10 UTM, lo cual equivale desde $120.000 a $600.000.

Si existen lesiones de personas menos graves o graves, la sanción será de presidio menor en su grado medio (desde 541 días a 3 años) y multa de cuatro a 12 UTM, equivalente a $240.000 a $720.000. Si existen lesiones más graves, el conductor arriesga presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años).

En caso de ocurrir la muerte de una persona, la pena será de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (desde 3 años y un día a 10 años). En ambos casos, quedarán inhabilitados para conducir vehículos de tracción mecánica de manera perpetua.

Los organizadores de estos encuentros recibirán una pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y una multa de 8 a 20 UTM, lo cual equivale desde $480.000 a $1.200.000.

Si obtienen algún beneficio económico, arriesgan entre 541 días y 3 años (presidio menor en su grado medio) y una multa de 20 UTM, equivalente a $1.200.000.

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