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La Tribuna

Avanza proyecto de ley en Senado que busca perseguir narcotráfico y crimen organizado

por Cristian Salazar Ramírez

Además, se busca despenalizar el consumo personal de cannabis, estableciendo que la cantidad máxima anual por usuario para uso personal de adulto considera el cultivo de 1 a 5 plantas de exterior en tierra, 1 a 5 plantas de exterior en macetas, mientras que la tenencia máxima anual de flor seca es de 500 gramos y el porte de flor seca es de 40 gramos.

SENADO /

Un avance sustantivo ha tenido en el Senado el proyecto que busca mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regular el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social. 

Ello, luego que la Comisión de Seguridad Públicaterminara el estudio en particular de la iniciativa, que entre otras medidas, regula el consumo personal de marihuana. Ahora corresponde que lo analice la Comisión de Haciendaen aquellas materias que son propias de su competencia.

En lo fundamental, el proyecto modifica una serie de leyes con el objeto de mejorar la persecución del narcotráfico y el crimen organizado, regular el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social.

PRINCIPALES CAMBIOS

Entre los cambios que contempla la iniciativa, está sustituir los conceptos de calidad o pureza por cantidad o dosis, para la circunstancia de uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo.

Asimismo, se perfecciona el tipo penal ampliando a productos que contengan cualquier tipo de solvente o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud y/o dependencia física o psíquica a menores de edad.

Se sanciona a quienes realicen maniobras destinadas a que otra persona, sin su consentimiento, consuma o se le administre de cualquier forma a su organismo alguna sustancia estupefaciente, agravando la pena concurriendo los supuestos de violencia o intimidación.

Además, se busca despenalizar el consumo personal de cannabis, estableciendo que la cantidad máxima anual por usuario para uso personal de adulto considera el cultivo de 1 a 5 plantas de exterior en tierra, 1 a 5 plantas de exterior en macetas, mientras que la tenencia máxima anual de flor seca es de 500 gramos y el porte de flor seca es de 40 gramos.

Otro aspecto a destacar es que se incorpora la posibilidad de que los objetos y efectos incautados en estos delitos puedan ser destinados a unidades policiales que tengan como objeto la desarticulación de organizaciones criminales dedicadas a cometer estos delitos.

También se dispone que el producto de la enajenación de los bienes y valores decomisados pueda ser destinados a proyectos, estudios e investigaciones, infraestructura y capacitaciones, que permitan apoyar directamente la labor del Servicio.

Se habilita al Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de drogas y alcohol, para administrar los bienes inmuebles incautados que el juez de garantía le destine provisoriamente, con el compromiso de rendir cuenta de su gestión a lo menos trimestralmente.

Asimismo, modifica la ley que creó la Unidad de Análisis Financiero y otras normas en materia de lavado y blanqueo de activos, incorporando al catálogo de sujetos obligados a reportar actividad sospechosa a las automotoras y comercializadoras de vehículos nuevos y/o usados.

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