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Plurinacionalidad: Un tema que sigue generando discrepancias

por Salomón Bobadilla

La determinación para algunos genera una categoría privilegiada de ciudadanos, mientras que otros argumentan que solo se busca superar las trabas que han impedido a los pueblos indígenas ejercer sus derechos históricamente vulnerados.

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Un candente diálogo fue el que se produjo el sábado 27 de agosto en el marco del conversatorio organizado por diario La Tribuna y radio San Cristóbal, previo al Plebiscito Constitucional del domingo 4 de septiembre.

En la instancia participaron los ex convencionales  Fuad Chahin, Tammy Pustilnick y Javier Fuchslocher, además del cientista político Bryan Smith; y uno de los temas debatidos fue el relacionado al concepto de la plurinacionalidad, que en el texto constitucional propuesto establece derechos para once pueblos indígenas.

Esta determinación para algunos genera una categoría privilegiada de ciudadanos, mientras que otros argumentan que solo se busca superar las trabas que han impedido a estos pueblos ejercer sus derechos históricamente vulnerados, para quedar en igualdad de condiciones con el resto de los ciudadanos.

Ante la consulta sobre si efectivamente existe en Chile una realidad que permita hablar de plurinacionalidad, y si eventualmente podríamos tener ciudadanos de primera y segunda categoría de aprobarse esta normativa, los asistentes al conversatorio mostraron profundas discrepancias.

RECONOCIMIENTO DE LA DIVERSIDAD

La ex convencional Tammy Pustilnick, quien promueve la opción Apruebo, planteó que cuando hablamos de plurinacionalidad en general, hago esta primera reflexión: ¿existen en Chile dispersos pueblos indígenas? Y creo que la gran mayoría me podría decir que sí, sobre todo en la región del Biobío y la Araucanía.

Acto seguido, fundamentó sus aseveraciones citando el Artículo 5° de la propuesta constitucional. Entonces, la plurinacionalidad es reconocer la existencia de diversos pueblos y naciones indígenas dentro de la unidad del Estado, y ese es un avance gigantesco. Es reconocernos en nuestra diversidad, por lo tanto, es completamente opuesto a hablar de ciudadanos de primera, segunda o tercera categoría. Eso es no entender finalmente que han existido grupos que históricamente han sido vulnerados, no tomados en consideración para los espacios de poder y toma de decisión.

Pustilnick enfatizó que los pueblos indígenas son titulares de derecho, agregando con la misma convicción que somos un solo Estado, con un territorio único e indivisible, donde convive una diversidad de personas, pueblos y culturas. Por lo tanto, reconocemos a esa diversidad, incluimos esa diversidad y garantizamos el mismo respeto y goce de derechos fundamentales, cosa que no existe hoy en día. A su juicio, con la propuesta se garantiza una igualdad sustantiva o material, pudiendo en la práctica todos gozar de los mismos derechos y oportunidades.

En cuanto a los sistemas de justicia que se plantean, y que han sido parte de la discusión, la ex convencional arguyó que la propuesta lo que hace es reconocer estos sistemas como propios de cada pueblo indígena. La afirmación correcta es que si un pueblo quiere que su justicia que se ejerce de forma interna, con sus usos y costumbres, sea reconocida en el sistema de justicia, formalmente, sea a través de una ley; y que la última palabra la va a tener la Corte Suprema.

MÁS RADICAL QUE LA DE BOLIVIA

Uno de los que expuso su desacuerdo con Tammy Pustilnick fue el ex convencional  Fuad Chahin, para quien la plurinacionalidad que se propone es más radical que la de Bolivia y la de Ecuador.

Tras citar el Artículo 34 del texto propuesto, Chahin -quien promueve la opción Rechazo- llamó la atención sobre el reconocimiento y protección de sus tierras, territorios y recursos, afirmando que esos territorios los compartimos.

Respecto de los sistemas de justicia de los pueblos indígenas, se sustentó en el Artículo 309, precisando que la ley que debe coordinar estos sistemas debe garantizar que coexistan en planos de igualdad, lo dice expresamente.

Argumentó asimismo que aquí lo que estamos haciendo es sembrando el germen para no solo agudizar los conflictos que hoy día existen, sino también extrapolarlos a otros territorios cuando era una gran oportunidad para reencontrarnos sobre el reconocimiento de la participación y el desarrollo desde nuestra diversidad en un territorio que compartimos. En lugar de eso, tenemos una plurinacionalidad sin límite, sin marco, más radical que la de Bolivia.

Ante esto, el ex convencional Javier Fuchslocher advirtió que todo lo que mencionó Fuad está en el Convenio 169 y Chile ya lo firmó. Entonces, no es nada nuevo respecto de lo que hoy día tenemos vigente.

Finalmente, el cientista político Bryan Smith destacó que más que hablar de plurinacionalidad, a su parecer lo que debe ocurrir es que se produzca un reconocimiento de los pueblos ancestrales en su cultura e identidad, porque con las luces y sombras que tiene nuestra historia, nosotros configuramos una sola nación, no un conjunto de naciones.

LA PLURINACIONALIDAD EN LA PROPUESTA

En su Artículo uno, el texto que será votado en el Plebiscito del próximo domingo, indica que Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico.

En tanto, el Artículo cinco sostiene tres puntos esenciales al respecto:

1.   Chile reconoce la coexistencia de diversos pueblos y naciones en el marco de la unidad del Estado.

2.   Son pueblos y naciones indígenas preexistentes los Mapuche, Aymara, Rapanui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawésqar, Yagán, Selk'nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley.

3.   Es deber del Estado respetar, promover, proteger y garantizar el ejercicio de la libre determinación, los derechos colectivos e individuales de los cuales son titulares y su efectiva participación en el ejercicio y distribución del poder, incorporando su representación política en órganos de elección popular a nivel comunal, regional y nacional, así como en la estructura del Estado, sus órganos e instituciones.

De igual manera, el concepto de plurinacionalidad se menciona en distintos otros capítulos de la propuesta, como parte del sustento jurídico que se otorga a diversas normativas.

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