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Condenan a 7 años de cárcel a autor de robo con intimidación cometido en plena vía pública

por Prensa La Tribuna

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago estableció que el hombre abordó a una víctima en Pedro Aguirre Cerda, la apuntó con un arma que aparentaba ser de fuego y le exigió la entrega de su teléfono celular.

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El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a un hombre a siete años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación, ilícito perpetrado en mayo de 2025 en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.

La sentencia estableció que el condenado actuó junto a otra persona y utilizó un arma que aparentaba ser de fuego para intimidar a la víctima y apoderarse de su teléfono celular. De acuerdo con los hechos acreditados durante el juicio, cerca de las 09:05 horas del 14 de mayo de 2025, la víctima, identificada con las iniciales C.D.V.C., caminaba por calle 3 Poniente con avenida Fraternal, en Pedro Aguirre Cerda.

En esas circunstancias, Olivares Cárdenas descendió de un vehículo de color rojo, conducido por otra persona, y se aproximó a la víctima. Según estableció el tribunal, procedió a apuntarla con un arma que impresionaba como de fuego y, mediante esta intimidación, la obligó a entregarle el teléfono celular Samsung A54 5G que mantenía en sus manos.

Tras conseguir la especie, el condenado huyó del lugar junto a su acompañante. Para los magistrados, la intimidación utilizada durante el delito tuvo consecuencias que fueron más allá de la pérdida del teléfono.

El tribunal señaló que la víctima experimentó un estado de temor que determinó la entrega del aparato y que, posteriormente, manifestó temor para desplazarse por espacios públicos.

A ello se sumó el perjuicio económico derivado de la sustracción, debido a que el teléfono celular no fue recuperado.

Al determinar la pena, los jueces consideraron la gravedad concreta de la conducta desplegada por el acusado, particularmente el hecho de que abordara a la víctima en la vía pública, se aproximara a corta distancia, la apuntara con un arma y le exigiera la entrega inmediata de su teléfono.

El delito de robo con intimidación contempla una pena que va desde cinco años y un día hasta 20 años de presidio. En este caso, el tribunal determinó una sanción de siete años de presidio mayor en su grado mínimo, considerando la extensión del mal causado y las circunstancias acreditadas durante el juicio.

No obstante, los magistrados también ponderaron elementos para no elevar la pena por sobre ese rango. Entre ellos, que se trató de una sola especie sustraída, que no se acreditó la recuperación de un arma, que no hubo personas lesionadas y que no concurrieron circunstancias agravantes.

CUMPLIMIENTO EFECTIVO

El tribunal estableció que la condena deberá ser cumplida de manera efectiva e ininterrumpida, al no reunirse los requisitos establecidos en la Ley N°18.216 para acceder a penas sustitutivas, atendida la cuantía de la sanción y los antecedentes del condenado.

Además de los siete años de cárcel, Olivares Cárdenas quedó sujeto a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, junto con la inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se ordenó también la toma de muestras biológicas del condenado, con el objetivo de determinar su huella genética e incorporarla al Registro Nacional de ADN de Condenados.

El fallo fue pronunciado por los jueces Mauricio Pontino Cortés, presidente del tribunal; Julio Castillo Urra y María Francisca Álamos Urzúa, quien estuvo a cargo de la redacción de la sentencia.

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