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La Tribuna

Abogada es suspendida por usar citas falsas generadas con inteligencia artificial en recurso ante la Corte Suprema

por Jorge Monares Olivares

El tribunal concluyó que la profesional vulneró el principio de buena fe procesal al incorporar referencias doctrinales atribuidas a reconocidos juristas, pero correspondientes a publicaciones inexistentes.

Justicia / Poder Judicial

Una abogada litigante fue sancionada por la Corte Suprema con la suspensión de su ejercicio profesional por un mes y el pago de una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), esto es $357.530, luego de comprobarse que incluyó citas doctrinales inexistentes obtenidas mediante un chatbot de inteligencia artificial en un recurso de casación.

La decisión fue adoptada por la tercera sala del máximo tribunal, que concluyó que la profesional incumplió el deber de buena fe procesal al presentar como respaldo jurídico referencias atribuidas a reconocidos académicos, las cuales correspondían a obras que nunca fueron publicadas.

Según el fallo, la abogada citó un supuesto "Tratado de Protección al Consumidor, 2023", atribuido al profesor Juan Andrés Orrego Acuña, además de una obra denominada "Responsabilidad Civil y Consumo, 2021", atribuida al profesor Jean Pierre Matus. Sin embargo, el tribunal estableció que dichas publicaciones no existen.

En la sentencia, la Corte recordó que la buena fe constituye un principio fundamental del sistema judicial chileno y que las partes tienen el deber de verificar la veracidad de los antecedentes que presentan ante los tribunales.

Los ministros señalaron que la conducta observada refleja una falta de profesionalismo y resulta incompatible con los estándares mínimos de corrección y responsabilidad exigidos a quienes ejercen la profesión. Asimismo, descartaron la explicación de la defensa, que atribuyó lo ocurrido a un error involuntario.

"El deber de buena fe se traduce en la obligación de verificar la efectividad de la información que se aporta al tribunal", sostuvo la resolución, enfatizando que esa revisión no fue realizada antes de presentar el recurso.

La resolución fue adoptada por los ministros Leopoldo Llanos, Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, Omar Astudillo y el abogado integrante Carlos Urquieta, marcando uno de los primeros pronunciamientos disciplinarios del máximo tribunal vinculados al uso indebido de herramientas de inteligencia artificial en actuaciones judiciales.

El caso vuelve a poner sobre la mesa los desafíos que plantea la utilización de sistemas de inteligencia artificial en el ámbito jurídico, especialmente respecto de la necesidad de verificar la información generada por estas plataformas antes de incorporarla en escritos, informes o presentaciones oficiales.

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