Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna

Condenan a presidio perpetuo a autor de femicidio íntimo cometido en Concepción

por Prensa La Tribuna

El Tribunal Oral en lo Penal de Concepción acreditó que el condenado interceptó y atacó con un cuchillo a su exconviviente en plena vía pública en agosto de 2023, provocándole la muerte por múltiples heridas torácicas.

Juez / Referencia

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó a E.L.P.M. a la pena de presidio perpetuo, en calidad de autor del delito consumado de femicidio íntimo ocurrido en agosto de 2023 en la capital regional del Biobío.

En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a E.L.P.M. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo que establece el Código Penal.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso del arma blanca incautada en el procedimiento policial.

El Tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 15:05 horas del 11 de agosto de 2023, E.L.P.M. interceptó a su exconviviente en calle Almirante Latorre, a la altura del número 1353, población Pedro del Río, comuna de Concepción, lugar donde comenzó a agredirla con un cuchillo en reiteradas oportunidades, lesiones que finalmente le causaron la muerte por un traumatismo torácico complicado.

En la determinación del quantum de la pena a imponer a E.L.P.M., el tribunal tuvo en consideración que la víctima: "Tenía cuatro hijos menores de edad, cuestión que era sabida por el acusado, tal como el mismo lo declaró; de la misma manera sabía que tres de esos hijos vivían en Colombia junto a su abuela materna quien padecía de alzheimer, y eran cuidados por una amiga de (...); de igual modo, tenía conocimiento que el hijo (...) de 16 años de edad, se había venido a Chile y, a la época de los hechos, vivía con (...) igualmente, sabía que (...) enviaba la gran parte de sus ingresos a Colombia para sus hijos y su madre; sabía que (...)  llamaba diariamente a sus hijos por videollamada y que era una madre preocupada y que tenía relación constante con sus hijos. Pues bien, todos estos factores han quedado establecidos probatoriamente y analizados en el desarrollo de esta sentencia".

 "La extensión del mal producido por E.L.P.M. no solo se evidencia en haber puesto término a la vida de una joven mujer, que permanecía fuera de su país y alejada de sus hijos por razones económicas, sino en privar a menores de edad de contar con su madre proveedora, respecto de quien ella confió como persona cercana a su familia y a quien protegió para evitar que acarreara problemas con la justicia por su condición de ilegal, lo que, como se dijo, es plenamente imputable a este. Todas estas circunstancias llevan a que la extensión del mal causado trascienda la pérdida de la vida de una joven mujer, lo que justifica plenamente que, dentro del rango disponible, la pena se fije en su límite superior, esto es, la pena de presidio perpetuo simple".

Resolución

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto