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Declaran inadmisible solicitud de desafuero contra diputada UDI, Flor Weisse

por María José Villagran Barra

En noviembre de 2024, el excandidato a consejero regional del Biobío, Saúl González, militante de la UDI al igual que la parlamentaria, presentó la acción la querella por injurias y calumnias.

Diputada Flor Weisse / La Tribuna

La Corte de Apelaciones de Concepción decidió declarar inadmisible y archivar la solicitud de desafuero respecto de la diputada de la UDI, Flor Weisse.

El veredicto se conoció durante la jornada de este lunes, luego de que el excandidato a consejero regional del Biobío, Saúl González, presentara -en noviembre de 2024- una querella por injurias y calumnias en contra de Weisse.

El dirigente sostenía que la legisladora perjudicó su intención electoral al haber señalado -en distintos medios de comunicación- que sobre él pesaba una sentencia por un caso de violencia intrafamiliar, a pesar de que no existía una condena hasta dicho momento.

El miércoles 23 de abril recién pasado, el pleno de ministros escuchó los alegatos de la defensa de la parlamentaria, la que hizo hincapié en la presentación de una querella previa a la petición de desafuero.

Esto último sería un requisito indispensable cuando se trata de una denuncia privada por injurias  calumnias.

De esta forma, el tribunal de alzada acogió dicho argumento para declarar la inadmisibilidad de la solicitud de desafuero interpuesta por González, quien nunca habría presentado una querella.

Los dichos de Weisse, en tanto, estarían relacionados con los procesos judiciales que llevaron a la Unión Demócrata Independiente (UDI), partido al cual ambos pertenecen, a retirar su nombre como candidato a consejero regional en el Biobío.

Diario La Tribuna intentó comunicarse con la parlamentaria sin obtener respuesta hasta el cierre de esta edición.

¿QUÉ DICE LA LEY AL RESPECTO?

Para declarar inadmisible la solicitud de desafuero, los jueces se basaron en dos artículos particulares: el 61, inciso segundo de la Constitución Política de la República y en el artículo 416, inciso tercero del Código Procesal Penal.

El primero de ellos hace alusión a que "los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión. Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa. De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema.146 En caso de ser arrestado algún diputado o senador por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior. Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el diputado o senador imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente".

El artículo 416 del Código Procesal Penal, en tanto, establece que "una vez cerrada la investigación, si el fiscal estimare que procediere formular acusación por crimen o simple delito en contra de una persona que tenga el fuero a que se refieren los incisos segundo a cuarto del artículo 58 de la Constitución Política, remitirá los antecedentes a la Corte de Apelaciones correspondiente, a fin de que, si hallare mérito, declare que ha lugar a formación de causa. Igual declaración requerirá si, durante la investigación, el fiscal quisiere solicitar al juez de garantía la prisión preventiva del aforado u otra medida cautelar en su contra.

Si se tratare de un delito de acción privada, el querellante deberá ocurrir ante la Corte de Apelaciones solicitando igual declaración, antes de que se admitiere a tramitación su querella por el juez de garantía".

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