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Ex Prefecto y Capitán de Carabineros condenados por obstrucción a la investigación en Coyhaique

La sentencia se leerá el 11 de febrero, y el Ministerio Público ha solicitado la máxima pena posible.

Ex Prefecto y Capitán de Carabineros condenados por obstrucción a la investigación en Coyhaique / La Tribuna

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó unánimemente al ex Prefecto de Carabineros de Aysén, Pablo Capetillo, y al ex Jefe de Fuerzas Especiales, Capitán Juan Fuentes, por obstrucción a la investigación calificada.

Ambos ocultaron pruebas que exoneraban a un joven detenido durante una protesta en 2019, quien fue inicialmente acusado de agredir a un carabinero. La Fiscalía Regional de Aysén demostró que los acusados tuvieron acceso a un video que demostraba la inocencia del joven, pero decidieron excluirlo de los informes entregados al Ministerio Público

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique dictó un veredicto condenatorio unánime en contra del ex Prefecto de Carabineros de la región de Aysén, Pablo Capetillo Contreras, y del ex Jefe de Fuerzas Especiales, Capitán Juan Fuentes Fuentealba. Ambos fueron hallados culpables del delito de obstrucción a la investigación calificada. La sentencia será leída el próximo 11 de febrero.

Los eventos que llevaron a esta condena ocurrieron en noviembre de 2019, en el contexto de una protesta en Avenida Ogana. Durante la manifestación, un estudiante fue detenido y acusado de lanzar piedras contra un funcionario de Carabineros, provocándole graves lesiones en el rostro y la dentadura. Como resultado, el joven fue formalizado por el delito de maltrato de obra a carabineros con resultado de lesiones graves, quedando en prisión preventiva.

Sin embargo, una investigación liderada por la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos de la Fiscalía Regional de Aysén reveló que existía un video que exculpaba al joven y que este material fue deliberadamente ocultado por Capetillo y Fuentes. Ambos fueron informados de la existencia de la grabación, pero ordenaron excluirla de los informes remitidos al Ministerio Público. Además, durante la investigación, proporcionaron declaraciones en las que omitieron su conocimiento sobre la evidencia.

Veredicto del tribunal

En la lectura del veredicto, el magistrado Pablo Freire destacó que las versiones de los acusados fueron desmentidas por pruebas objetivas, entre ellas, la confirmación de que ambos tuvieron acceso al video y a la opinión de un funcionario que lo había analizado. Pese a ello, decidieron mantener su postura de ocultamiento.

El tribunal determinó que la acción de los ex oficiales se enmarca en el artículo 269 bis del Código Penal, al haber aportado antecedentes falsos que obstaculizaron la correcta determinación de responsabilidades en el caso.

Reacciones de la Fiscalía

El Fiscal Jefe de la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos, Luis González Aracena, subrayó la relevancia de esta condena, enfatizando que los imputados tuvieron acceso a información clave que descartaba la participación del estudiante y, aun así, decidieron ocultarla. González destacó que este caso representa un hecho de extrema gravedad, pues atenta contra el deber de la policía de esclarecer hechos y entregar pruebas tanto para inculpar como para exculpar a los sospechosos.

"El joven fue privado de libertad injustamente debido a la acción de los acusados, lo que configura un delito de obstrucción a la investigación", agregó el fiscal. También señaló que la corrupción en el ejercicio público es inaceptable y socava el Estado de Derecho en una sociedad democrática.

Próxima sentencia

La audiencia de lectura de sentencia se llevará a cabo el 11 de febrero. El Ministerio Público ha solicitado la máxima pena permitida por la ley: 818 días de presidio para Pablo Capetillo y 700 días para Juan Fuentes.

En el juicio participaron como querellantes el Consejo de Defensa del Estado, el Instituto Nacional de Derechos Humanos y el propio estudiante afectado. La resolución judicial fue tomada por los jueces Mónica Coloma Pulgar, Natalia Gejman Seco y Pablo Freire Gavilán.

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