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La Tribuna
Columnista

Neutralidad estatal en materia religiosa

Mario Hidalgo Acuña

Abogado

por Mario Hidalgo Acuña

La Oficina Nacional de Asuntos Religiosos comunicó la realización el pasado 24 de abril, del Primer Culto Evangélico para funcionarios del Palacio de La Moneda, el que tuvo lugar, en el Salón Montt-Varas de la Casa de Gobierno. Este evento ofrece una buena oportunidad para reflexionar acerca del significado del principio de laicidad del Estado y de la presencia de la religión en el espacio público. Digamos de entrada que la laicidad no se explica con fórmulas simples como la "separación Iglesia y Estado", la "neutralidad del estado respecto de las religiones" o la "salida de la religión del espacio público", aunque todas estas fórmulas encierran una parte de verdad. La laicidad está formada por un conjunto de valores o principios constitucionales y medios o procedimientos para alcanzar tales fines. Aunque hay discusión acerca de los valores a los cuales sirve la laicidad, existe consenso en torno a que procura la igualdad de trato y la libertad de conciencia; y que los procedimientos para ejecutar estos valores son la separación de la Iglesia con el Estado y la neutralidad del Estado respecto de las religiones. 

Expliquemos, brevemente, cómo se concretan estos valores a través de los instrumentos señalados. Un régimen democrático reconoce, en el plano de los principios, el mismo valor moral o dignidad a todos los ciudadanos y por tanto, intenta darles el mismo trato. Para lograr ese objetivo es indispensable la separación de la Iglesia y el Estado y la neutralidad del Estado en materia religiosa. En efecto, por una parte, el Estado debe ser el Estado de todos los ciudadanos y como adoptamos diferentes cosmovisiones del mundo y del bien, no debe identificarse con ninguna religión o visión del mundo en particular, por ello, el Estado y la religión deben estar separados. Y por otra, el principio de igualdad de trato exige que el Estado sea neutral respecto de las religiones y otras convicciones profundas, no debe favorecer ni perjudicar a ninguna, debe permanecer imparcial frente a las religiones e incompetente para juzgar acerca de la verdad o falsedad de las doctrinas religiosas y garantizar las condiciones de disfrute de la libertad de todos, evitando cualquier confusión entre funciones religiosas y estatales. En lo que respecta al principio de la libertad de conciencia, el Estado laico debe mostrase "agnóstico" sobre la cuestión de la finalidad de la existencia humana y reconocer la autonomía moral o la soberanía de la persona respecto a sus decisiones de conciencia.

Respecto de la cuestión de la relación de la religión con el espacio público parece razonable pensar que el espacio público no puede ser sinónimo ni equivalente de "espacio vacío" de la religión, sino que, la legítima presencia de la religión en dicho espacio debe moverse en el marco prudencial de los límites al ejercicio de los derechos fundamentales y de la configuración de la neutralidad estatal. En lo que respecta al Estado y a sus órganos, es evidente que se exige de aquél respetar la neutralidad con el fin de asegurar que todos los ciudadanos vean garantizado el disfrute de su derecho fundamental a la libertad de conciencia.

Un edificio público es un "trozo" más del espacio público, sin embargo, hay edificios públicos que, por la función que en ellos se realiza, la neutralidad del Estado se hace más acuciante y exigente. Es el caso, me parece, del Salón Montt Varas del Palacio de La Moneda, donde el pasado viernes se realizó una ceremonia religiosa. Dicho Salón no es más que la expresión material y visible de la función ejecutiva del Estado y, en tal virtud, que en su interior se haya realizado un culto religioso, al que asistió el Presidente de la República, transgredió, a mi entender, la neutralidad del Estado en materia religiosa, cuestión no menor, ya que dicha neutralidad, es la condición necesaria e instrumento para que el Estado de Chile siga otorgando la adecuada protección de la libertad de conciencia, de religión y la igualdad de trato a todos sus habitantes.

Mario Hidalgo Acuña

Abogado

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