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La Tribuna
Columnista

Experiencia y seguridad en los conciertos

Juan Pablo Pinto Jeldrez Director regional del Sernac

por Juan Pablo Pinto Jeldrez Director regional del Sernac

Las empresas que se dedican a los espectáculos masivos deben entender que tienen que cumplir con el deber de profesionalidad, tal como lo establece la Ley del Consumidor.

Lo anterior implica que las empresas son responsables de garantizar la seguridad de las personas desde su llegada al recinto donde se realizará el evento hasta que puedan regresar a sus casas con tranquilidad. Por lo tanto, deben adoptar todas las medidas necesarias y razonables para garantizar el bienestar de los consumidores asistentes. 

También supone que las empresas deben cumplir con todas las condiciones ofrecidas previamente a los asistentes, incluyendo los artistas, horarios, ubicaciones, entre otros aspectos relevantes.

Justamente estos dos principios fundamentales no se han cumplido en los recientes eventos, como lo fue el concierto del cantante Daddy Yankee y en el Festival de K-pop Music Bank, realizado el pasado sábado en la capital.

En el primer caso, el SERNAC ya presentó una demanda colectiva contra Bizarro y Punto Ticket, al considerar que hubo negligencia al no tomar todas las medidas recesarías para resguardar la integridad de los asistentes.

Recordemos, especialmente en el primer concierto, ocurrieron situaciones muy graves, por todos conocidos, como, por ejemplo, grandes aglomeraciones en las entradas, personas sin entradas ingresando a la fuerza al recinto, mientras que otras personas, luego de sortear los innumerables problemas de seguridad para acceder al recinto, y al ir al sector que le correspondía según su entrada, se encontraron con que dichos espacios estaban ocupados, justamente por falta de control.

Peor aún, hubo muchas personas que ni siquiera pudieron ingresar al recinto, quedándose con las entradas en las manos, con toda la decepción que ello implica. La situación pudo haber provocado un resultado mucho más lamentable, lo que afortunadamente no ocurrió.

Mediante esta demanda colectiva queremos dar una señal clara y potente al mercado de los eventos masivos, en cuanto a que como SERNAC velaremos por la seguridad de las personas y porque todas las condiciones ofrecidas a los asistentes se cumplan al pie de la letra, y en caso de no ocurrir, tendrán que asumir las consecuencias ante los tribunales de justicia, compensando e indemnizando a los afectados, pero también asumiendo las más altas multas que establece la Ley del Consumidor, los que podrían llegar a unos US$ 14 millones.

El Servicio, además, citó a declarar y ofició a la productora Noix Entertainment organizadora del festival de K-Pop Music Bank, para que explique la cancelación unilateral del espectáculo.

Como SERNAC, queremos ser muy enfáticos en que las empresas productoras de eventos masivos deben sí o sí elevar sus estándares de profesionalismo y tomar todas y cada una de las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los asistentes y velar por que se cumplan todas las condiciones ofrecidas.

Lo que ocurrió durante los conciertos de Daddy Yankee no puede volver a repetirse en Chile, y si sucede estaremos presentes como SERNAC para velar por la protección de los derechos de los consumidores.

Juan Pablo Pinto Jeldrez

Director regional del Sernac

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