Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna
Columnista

¿Sabes qué es y en qué consiste el derecho a reunión?

La Tribuna

por La Tribuna
 /

Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informaron que el tema será una de sus prioridades en cuanto a agenda legislativa, ¿pero sabes en qué consiste?, ¿cuáles son tus derechos y deberes?

Desde el estallido social del pasado 18 de octubre son cientos de lugares emblemáticos, a lo largo y ancho de nuestro país, los cuales han estado marcados por movilizaciones que no necesariamente han sido autorizadas por autoridades de gobierno, haciendo valer su derecho a reunión. La materia, que forma parte de la agenda legislativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha despertado algunas interrogantes.

Lo que se va a revisar es el derecho de reunión, que hoy se reconoce a nivel constitucional y en los tratados internacionales, pero se deja su regulación a las normas de policía, que son reglamentos. Lo que se pretende hoy es debatir, en el Congreso, para que sea una norma de superior jerarquía, la ley, la encargada de regular la forma de ejercer dicho derecho fundamental.

El derecho a asociación y reunión es el reconocimiento del pluralismo político y de la libertad de expresar las propias opiniones, en reconocimiento del derecho a transmitir a otros tales opiniones, escuchar las ajenas y a obrar en consecuencia. La conflictividad del ejercicio del derecho de reunión surge cuando se celebra en lugares abiertos al público y, más precisamente, cuando se desarrolla en la vía pública, en lo comúnmente conocido como manifestación, lo cual podría traer como consecuencia alteraciones al orden público afectando, por ejemplo, el libre tránsito de las personas.

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto