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La Tribuna
Columnista

La nueva Ley de Tramitación Electrónica en los Tribunales

Leslia Jorquera

Leonardo A. Llanos Lagos

Juez de Letras y Garantía de Laja

por Leslia Jorquera

 Aunque el camino lógico en esta ruta modernizadora en la administración de justicia hubiese sido la creación de la Reforma Procesal Civil (RPC), lamentablemente por factores presupuestarios y no atribuibles al Poder Judicial, ésta aún se encuentra en tramitación en el Congreso.

 

 Durante diciembre comenzará a regir en la jurisdicción de Concepción la nueva Ley 20.886, también conocida como Ley de Tramitación Electrónica (LTE), que se aplica a los procedimientos civiles que se ventilan ante los Tribunales de Letras. Su objetivo es agilizar los procesos, abaratar los costos de litigación, establecer una litigación responsable por parte de los abogados y generar una mayor cercanía de las personas con nuestro antiguo sistema de justicia civil.

Cabe señalar que desde principios de la década pasada el Poder Judicial reestructuró orgánicamente la mayoría de sus Tribunales –en materia penal, laboral y familia–, tornando la tramitación más ágil, oportuna y especializada. Las reformas procesales trajeron innumerables beneficios: hicieron  obsoleta la existencia del expediente, se incorporaron las audiencias orales y se acortaron los plazos de tramitación.

Sin embargo, estas reformas no alcanzaron a los tribunales de letras en lo civil, cuyo marco jurisdiccional comprende principalmente el conocimiento de causas civiles, de comercio, de minas, de aguas y de los actos judiciales no contenciosos. Estas materias aún se tramitan en forma análoga, es decir, bajo el imperio del expediente.

Aunque la LTE está destinada para todos los tribunales del país, incluyendo la Corte Suprema, las cortes de apelaciones y los tribunales especializados, su receptor principal es el Tribunal de Letras. En nuestra provincia se mantienen en esta obsolescencia procesal los dos juzgados de letras de Los Ángeles y, de forma parcial, los de Mulchén, Santa Bárbara, Nacimiento, Yumbel y Laja. Digo parcial toda vez que, al ser de competencia común, conocen además de materias que sí están reformadas.

Por tanto, aunque el camino lógico en esta ruta modernizadora en la administración de justicia hubiese sido la creación de la Reforma Procesal Civil (RPC), lamentablemente por factores presupuestarios y no atribuibles al Poder Judicial, ésta aún se encuentra en tramitación en el Congreso.

En esta situación, al ver la Corte Suprema que el procedimiento civil es arcaico y se encuentra sobrepasado, solicitó al Congreso la creación de la citada ley 20.886 para tratar de paliar los principales ripios del actual sistema, sin que esto afecte la cristalización de una reforma procesal civil. Por tanto, lo primero que se debe tener presente es que la LTE no comprende la instauración de la RPC, sino que es solamente un importante paso hacia la misma.

La LTE se define a través de una serie de principios, siendo el principal el de equivalencia funcional del soporte electrónico. Esto significa que los actos jurisdiccionales y demás actos procesales suscritos por medio de firma electrónica serán válidos y producirán los mismos efectos que si se hubieren realizado en soporte papel. Comprende además los principios de fidelidad, publicidad, buena fe, actualización de los sistemas informáticos y cooperación.

Dentro de los principales cambios que trae la LTE están la digitalización de los procesos civiles, el uso de la firma electrónica avanzada y de un portal web para tramitar ante los Tribunales. Éstos estarán obligados a registrar en el sistema informático todas las resoluciones y actuaciones procesales que se verifiquen en el juicio. Las resoluciones se subscribirán a través de firma avanzada y las copias autorizadas se obtendrán a través de la web del Poder Judicial.

En síntesis, la implementación de la LTE constituye un cambio de paradigma en la administración de justicia civil e implica un desafío tanto para jueces, funcionarios y justiciables. Sin embargo, a pesar de que como en todo cambio radical seguramente se van a originar algunas complejidades, el nuevo sistema establecerá una mejor administración de justicia cuyo beneficio se podrá percibir de inmediato por toda la comunidad.

Leonardo A. Llanos Lagos

Juez de Letras y Garantía de Laja

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