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Dirección del Trabajo de la región del Biobío anuncia fiscalización para el comercio el próximo 1 de mayo / Contexto

Dirección del Trabajo de la región del Biobío fiscalizará el comercio el próximo 1° de mayo

por Stephanie Ramírez M.

14 fiscalizadores estarán desplegados por las tres provincias de la región.


El próximo lunes 01 de mayo es un día especial para los trabajadores y trabajadoras de Chile y del mundo occidental, puesto que se conmemora un día para reconocer sus esfuerzos y sacrificios. En el caso de Chile, fue el ex presidente, Carlos Ibáñez del Campo, quien decretó el feriado irrenunciable en 1931, pero su origen data de 45 años antes en Estados Unidos, el 1 de mayo de 1886. Esto luego de que más de 80 mil trabajadores de fábricas en Chicago se declararan en huelga, exigiendo la reducción de la jornada laboral de 16 a 8 horas, además de un salario justo y el mejoramiento de las condiciones del trabajo.

La conmemoración de este año en Chile incluye nuevas medidas en favor de los trabajadores/as, como lo es, la aprobación del proyecto de las 40 Horas, que reduce la jornada laboral, manteniendo los salarios. También, la incorporación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que asegura el derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

Se suma a estas medidas el anuncio del lunes 17 de abril, de la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, y el ministro de Hacienda, Mario Marcel junto a la directiva de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), encabezada por David Acuña, quienes suscribieron un protocolo de acuerdo para el reajuste del ingreso mínimo mensual, en el que se destaca el alza a $500.000 durante el próximo año, con lo que, al materializarse, se cumplirá con uno de los compromisos del Programa de Gobierno del Presidente Gabriel Boric.

La firma del acuerdo contempla, la presentación de un proyecto de ley al Congreso Nacional que considera la siguiente gradualidad para llegar a dicho monto:

  • Un incremento desde los actuales $410.000 a $440.000 el 1 de mayo de 2023; luego, a $460.000 el 1 de septiembre de 2023; y, posteriormente, alcanzar los $500.000 el 1 de julio de 2024.
  • Posterior a esa fecha, a todo evento, se acordó efectuar un reajuste automático del ingreso mínimo mensual conforme el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se registre entre los meses de julio-diciembre de 2024 y que se concretará en enero del 2025.

¿Cuáles son los trabajadores y trabajadoras que ejercen labores este 01 de mayo?

Los trabajadores y trabajadoras del comercio exceptuados del descanso dominical son:

  • Trabajadores/as que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas pub, locales comerciales de aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego autorizados.
  • Trabajadores/as de expendio de combustibles.
  • De farmacias de urgencia y de turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local.
  • Los trabajadores del comercio que se encuentran exceptuados del descanso en estos días tendrán derecho a ellos, a lo menos una vez cada dos años, respecto de un mismo empleador, pudiendo pactar con éste la rotación del personal necesario para este fin.

A partir de ello, la seremi del Trabajo y Previsión Social, Sandra Quintana Rodríguez, explicó que, "para nosotros es super importante que se respete el feriado. Sabemos que hay labores que no se pueden dejar de hacer, como las que se ejercen en bombas de bencina, siempre y cuando, el trabajador o trabajadora no haya trabajado el año pasado en la misma fecha. Para ello, cada empleador debe tener el registro de los turnos realizados".

Por su parte, la Directora del Trabajo regional, Roxana Rubio Arévalo, indicó que, "nuestro ordenamiento jurídico laboral, establece 5 días de feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores y trabajadoras, que dice relación con las siguientes fechas:  01 de enero, 01 de mayo, 18 y 19 de septiembre y el 25 de diciembre. En este contexto y por el feriado irrenunciable que se aproxima, la Dirección del Trabajo a nivel nacional, ha establecido un programa nacional de fiscalización para verificar el cumplimiento del descanso obligatorio irrenunciable de este Día Internacional del Trabajador/a. Esto se traduce en que contaremos con fiscalizadores en terreno, que son alrededor de 14 en toda la región", mencionó.

Cabe destacar que, las multas que deben pagar las empresas que incumplan con lo indicado, pueden variar desde las 5 a 20 UTM, dependiendo del tamaño de ésta.

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