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La Tribuna

Laja: Juzgado de familia acoge solicitud de rectificar nombre y sexo registral de adolescente

por Cristian Salazar Ramírez

El tribunal acogió la presentación de adolescente y le ordenó al Registro Civil e Identificación rectificar nombre y sexo registral del solicitante

LAJA /

El Juzgado de Familia de la comuna de Laja acogió la solicitud de un adolescente para rectificar el nombre y sexo registral y ordenó al Registro Civil a realizar este cambio.

En el fallo, la magistrada Maruja Chávez Álvarez acogió la petición, tras valorar la manifestación de voluntad del adolescente de adecuar los registros oficiales a su identidad de género, los informes sicológicos y educacionales y, especialmente, el derecho de autonomía progresiva, el derecho a la identidad y el interés superior del joven.

En particular indicó que el tribunal de Familia de Laja recibió una solicitud de rectificación de cambio de nombre y sexo registral por ambos padres de un adolescente 16 años de edad, fundada en que el joven desde muy temprana edad se identifica con un género diferente, el que es manifestado tanto frente a su familia, a la comunidad, como también en el ámbito estudiantil. Es por ello, que al amparo de la Ley 21.120, solicita rectificar sus registros oficiales, con el objeto de ser tratado e individualizado conforme a la identidad de género, con la que se identifica, precisó.

Junto con ello agregó que en febrero del año en curso se llevó a efecto la audiencia preliminar, a la que asistieron ambos padres junto al adolescente, en la que es informado de las consecuencias legales de su petición, siendo oído en audiencia reservada en presencia de la consejera técnica del tribunal y curador Ad Litem, manifestando el joven, su voluntad de cambiar su nombre y sexo registral. Luego, en la audiencia de juicio, esta jueza dictó sentencia acogiendo la solicitud, siendo determinante para dicha decisión, lo expresado por el adolescente en la audiencia reservada, el informe emitido por una psicóloga de un establecimiento de salud de la comuna dando cuenta que tanto el joven como su entorno familiar recibieron, previo a la solicitud, acompañamiento profesional, que la decisión tomada por el adolescente en cuanto a su identidad de género, fue libre y voluntaria, sin influencia de terceros, y que esta obedece a una necesidad para fortalecer su proceso de identidad y autoconocimiento, y la opinión técnica vertida por la consejera técnica.

Por último, la jueza manifestó que el Tribunal, valorando todos estos elementos probatorios, unidos a los principios de derecho a la identidad, autonomía progresiva del Adolescente e interés superior, ACOGE la petición y ordena rectificar la respectiva partida de nacimiento en lo relativo al cambio de nombre y sexo registral, ordenando por consiguiente, al Registro Civil e Identificación practicar las modificaciones y subinscripciones pertinentes, detalló la jueza Chávez.

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