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La Tribuna

Congreso da luz verde a nuevo Sistema Táctico de Operación Policial

por Cristian Salazar Ramírez

La propuesta, que quedó en condiciones de pasar al Ejecutivo, y busca implementar mecanismos más transparentes y eficaces para la prevención de delitos

CARABINEROS-3 /

Trasparentar y optimizar la gestión táctica policial orientada a la prevención de delitos, a través de un conjunto de acciones y estrategias, entre ellas, el análisis de tendencias, volúmenes y cambios del comportamiento delictual, así como el seguimiento de las acciones que se implementen en el orden preventivo y de control del fenómeno delictual, son los objetivos del proyecto despachado al Ejecutivo desde la Cámara de Diputadas y Diputados.

Formarán parte del nuevo Sistema Táctico de Operación Policial (STOP) -cuya aprobación en primer trámite en la Cámara fue en diciembre de 2018- el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el Ministerio Público, Carabineros de Chile y las municipalidades.

Para su meta de garantizar la coordinación y contribución de sus participantes en la prevención y disminución de hechos delictuales, se propiciarán acuerdos y alianzas estratégicas entre ellos, así como tareas que los obliguen a asumir responsabilidades en el ámbito de la seguridad, desde sus respectivas áreas de acción.

De igual modo, se promoverá la participación de organizaciones civiles y de otros organismos públicos en materias de su competencia e interés.

Anualmente, Carabineros presentará en audiencia pública ante el consejo comunal de seguridad pública el resultado del cumplimiento de los compromisos adoptados en el sistema, lo cual será evaluado por los participantes del STOP y el referido consejo.

El sistema empleará una plataforma de información estadística que facilite el análisis criminal, la focalización operativa y preventiva de delitos contra las personas, delitos cometidos con violencia o intimidación, delitos contra la propiedad cometidos por medios materiales y aquellos otros que determine el reglamento, por parte de Carabineros de Chile, publicitando y transparentando permanentemente dicha información a la ciudadanía.

FORMALIDADES DEL PROYECTO

El sistema obliga a celebrar sesiones al menos una vez al mes, tanto a nivel de prefecturas como de comisarías de Carabineros, para analizar la información y adoptar acuerdos con miras a focalizar la acción preventiva, implementar estrategias de intervención específicas, distribución eficiente de los recursos y, en general, cualquier otra medida destinada al apoyo de las funciones policiales.

El texto, adicionalmente, regula la forma en que operarán las citadas sesiones, quiénes deberán concurrir a ellas y las formalidades a cumplir, por ejemplo, en materia de actas e informes.

Justamente es sobre este último punto donde el Senado efectuó enmiendas. Especificó que, al finalizar la respectiva sesión, se deberán determinar aquellas materias que pueden poner en peligro el éxito de los acuerdos adoptados o de la función preventiva policial.

Asimismo, determinó que Carabineros de Chile deberá informar a los consejos comunales de seguridad pública del respectivo territorio policial, dentro de los cinco días hábiles siguientes de celebradas las sesiones, los acuerdos alcanzados en estas, debiendo incorporar cualquier otra información que estime relevante para la prevención del delito a nivel local.

En todo caso, se alerta que no se podrá informar sobre materias que estén sujetas a reserva de investigación.

Se define, también, que un modelo de gestión por resultados evaluará el nivel de cumplimiento de los compromisos y que la información obtenida por el STOP será pública y deberá estar disponible a la ciudadanía de forma expedita, permanente y actualizada a través de una plataforma virtual de Carabineros.

Luego, se establecen las materias que deberá regular el reglamento respectivo y se determina que los funcionarios que alteren información en el sistema u omitan su ingreso con la intención de ocultar, distorsionar o eliminar su contenido, incurrirá en infracción de los deberes funcionarios, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiese corresponderle.

Por último, se fija un deber de información hacia el Congreso Nacional y la entrada en vigencia del reglamento ya mencionado, junto con determinar la vía de financiamiento del sistema.

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