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La Tribuna

¿Cuáles son las funciones de los concejales?

por Juvenal Rivera Sanhueza

Hay que recordar que se trata de un cuerpo colegiado elegidos por votación directa mediante un sistema de representación proporcional, duran cuatro años en sus cargos y pueden ser reelegidos hasta por dos periodos sucesivos.

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En la provincia de Biobío, solo Los Ángeles elige a 10 concejales debido a la cantidad de potenciales votantes. En las restantes comunas, el número de integrantes del cuerpo colegiado es de seis.

Es decir, después de las elecciones de abril, en las 14 comunas de la provincia habrá un total de 88 personas que tendrán la función de concejales.

Hay que recordar que se trata de un cuerpo colegiado elegidos por votación directa mediante un sistema de representación proporcional, duran cuatro años en sus cargos y pueden ser reelegidos hasta por dos periodos sucesivos.

Los requisitos son básicamente los mismos que para cualquier caso de representación popular, es decir, ser ciudadano con derecho a sufragio, tener cuarto medio rendido y residir en la comuna que pretende representar, a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección.

FUNCIONES

Los concejales, básicamente, tienen tres funciones: normar, resolver, y fiscalizar.

En lo primero, a requerimiento del alcalde, deben dar su acuerdo para dictar ordenanzas municipales y el reglamento interno de la corporación edilicia; aprobar el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal y los de salud y educación, además de los programas de inversión, el plan regulador comunal y las políticas de recursos humanos, prestación de servicios municipales y de concesiones, permisos y licitaciones.

En cuando a su función fiscalizadora, deben hacerlo sobre gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se ajusten a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo; se cumplan los planes y programas de inversión municipal y verificar la ejecución del presupuesto.

El concejo, por la mayoría de sus miembros, puede disponer la contratación de una auditoría externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera del municipio.

ATRIBUCIONES DE LOS CONCEJALES

- Elegir al alcalde, en caso de vacancia.

- Pronunciarse sobre el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, y varias otras materias.

- Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal, analizar el registro público mensual de gastos detallados que lleva la Dirección de Administración y Finanzas.

- Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan.

- Recomendar al alcalde prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal.

- Solicitar informe a las empresas, corporaciones o fundaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad.

- Fiscalizar las unidades y servicios municipales.

- Supervisar el cumplimiento del plan comunal de desarrollo.

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