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La Tribuna

¿Cuáles son las funciones de los convencionales constituyentes?

por Juvenal Rivera Sanhueza

El distrito 21, que integran las provincias de Biobío y Arauco, además de la comuna de Lota, tiene un padrón electoral que supera los 480 mil votantes aunque en los comicios de 2017 sólo participó menos del 50% de los electorales.

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Ocho listas y 39 nombres. Después de la revisión y fallo de las apelaciones, el Servicio Electoral (Servel) entregó la nómina definitiva de candidatos a la Convención Constituyente para las elecciones del 10 y 11 de abril, en representación del distrito 21 de Biobío.

Un primer listado fue publicado por el Servel el pasado 21 de enero, incluidas las postulaciones objetadas aunque con un plazo legal para apelar. Al cabo, recién a principios de marzo fue liberada la nómina definitiva que contiene la o las letras de la lista, así como el número que identifica a cada uno de los respectivos candidatos.

El distrito 21 - que elegirá a cuatro de los 155 constituyentes -lo integran las provincias de Biobío y Arauco, además de la comuna de Lota (de la provincia de Concepción), cuyo padrón electoral supera los 480 mil votantes aunque en los comicios de 2017 sólo participó menos del 50% de los electorales.

La Convención Constituyente definirá una nueva carta magna, consecuencia del plebiscito de octubre del año pasado en que un 78,2% del electorado estuvo de acuerdo con redactar una constitución cuyos integrantes fueran elegidos en su totalidad.

La instancia tiene como marco regulatorio lo establecido en título XV de la Constitución vigente, instaurada en 1980.

El artículo 131 De la Convención define que en el texto se hablará de Convención indistintamente si prevaleció la opción Mixta o 100% electa. Además, señala que a los miembros de esta convención se les llamará convencionales constituyentes.

A ello suma que, así como los artículos 139, 140 y 141, también se les aplicará a los convencionales las disposiciones pertinentes a la elección de diputados, condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.

En su primera sesión, la convención deberá elegir a un presidente o presidenta, así como también a una persona para el cargo de vicepresidente, definido por elección y cuyo triunfo depende de una mayoría absoluta.

Las y los convencionales constituyentes estarán afectos a la ley 20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses, así como la Ley 20.730 sobre lobby.

El pago que recibirán mensualmente los miembros de la CC será de 50 UTM, aproximadamente unos $2,5 millones. Además, se deberá conformar un comité que se encargue de las asignaciones de estos miembros.

Esta Convención Constitucional deberá contar con 155 integrantes, 17 de los cuales están reservados para pueblos originarios. Además, esta será la primera en el mundo en ser paritaria. Sus sesiones se realizarán en el Palacio Pereira, ubicado en la comuna de Santiago.

Todo este proceso de discusión y debate en torno al nuevo articulado para la Constitución se realizará en un plazo de 9 meses desde su instalación, prorrogable por una única vez por 3 meses más.

Aprobado el nuevo texto constitucional, se disolverá la convención constituyente y el Presidente de la República deberá convocar un plebiscito nacional en el que se apruebe o rechace la nueva carta magna.

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