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La Tribuna

Superintendencia de Pensiones inicia proceso sancionatorio contra las siete AFP por pérdidas en los fondos D y E

por Stephanie Ramírez M.

El regulador investigará si Capital, Cuprum, Habitat, Modelo, Planvital, Provida y UNO incumplieron sus deberes de lealtad y diligencia tras las pérdidas acumuladas por los multifondos más conservadores.

La asociación también ha planteado que la mayoría de las personas próximas a jubilarse se encuentra en el fondo D y que solo un 10% de los afiliados al fondo E tiene 60 años o más. / contexto

La Superintendencia de Pensiones (SP) anunció el inicio de un proceso sancionatorio contra las siete administradoras de fondos de pensiones (AFP) del sistema chileno, en medio de las fuertes pérdidas registradas por los fondos E y D durante los últimos meses. La investigación busca determinar si las entidades incumplieron sus obligaciones legales en la gestión de los ahorros previsionales de sus afiliados.

De acuerdo con los antecedentes informados, el fondo E acumuló una rentabilidad real de -10,4% entre enero y septiembre, una de las mayores pérdidas registradas en su historia. El fondo D, por su parte, anotó una caída real acumulada de 6,38% en el mismo período.

Las administradoras involucradas son Capital, Cuprum, Habitat, Modelo, Planvital, Provida y UNO. El procedimiento no implica que las AFP hayan sido declaradas responsables, sino que busca establecer si su actuación se ajustó a las obligaciones que rigen la inversión de los recursos previsionales.

¿Qué investigará la Superintendencia de Pensiones?

El foco del proceso estará en determinar si las administradoras cumplieron el deber de lealtad y diligencia establecido en el artículo 147 del Decreto Ley N.º 3.500, de 1980, y las disposiciones de la Norma de Carácter General (NCG) N.º 340, de fecha 18 de julio de 2025.

El artículo 147 establece que las AFP deben realizar las acciones necesarias para obtener una adecuada rentabilidad y seguridad en las inversiones de los fondos que administran. Asimismo, dispone que sus decisiones deben atender exclusivamente al interés de esos recursos.

La NCG N.º 340, en tanto, establece obligaciones relacionadas con el cuidado y la destreza que deben aplicar las administradoras en la gestión del patrimonio de los afiliados.

Entre las materias contempladas se encuentran el resguardo de los fondos, la detección y prevención de conflictos de interés y la aplicación de estándares de diligencia en las decisiones de inversión.

Finalmente, la Superintendencia busca esclarecer si las estrategias utilizadas por las AFP y la forma en que gestionaron sus inversiones se ajustaron a esas exigencias regulatorias.

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