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La Tribuna

Agricultores de Biobío obtienen resultados favorables en contramuestras de trigo

por Alejandra Sánchez

El reglamento, en el marco de la Ley de Transacciones Comerciales Agropecuarias, permite a los agricultores solicitar que un laboratorio arbitrador evalúe una contramuestra de sus productos para dirimir diferencias sobre su calidad.

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El 100% de los resultados de las contramuestras solicitadas esta temporada por seis agricultores productores de trigo de Biobío fueron favorables a sus intereses, luego que solicitaran que un laboratorio arbitrador autorizado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) evaluara una nueva muestra (contramuestra) de sus productos, por diferencias entre el poder comprador y el vendedor por el contenido de gluten en 5 casos y en uno por presencia de impurezas.

De acuerdo a los resultados del laboratorio arbitrador se pudo cambiar el precio de tres muestras, pasando de trigo intermedio a fuerte (30% de gluten), lo que permitió aumentar el valor del precio a pagar.

Al respecto, el director regional del SAG de Biobío, Jaime Peña Cabezón, explicó que “el 60% de las contramuestras nacionales enviadas a arbitraje corresponden a solicitudes de la región del Biobío, lo que refleja que nuestros productores conocen la normativa vigente y están haciendo uso de ella”.

Del mismo modo, agregó que este es un ejemplo de los derechos que tienen los productores y que está establecido en el reglamento del trigo, en el marco de Ley N°20.656 que regula las Transacciones Comerciales de Productos Agropecuarios: “Si un agricultor no está conforme con el resultado entregado por el Laboratorio de Ensayo del poder comprador, puede solicitar el análisis de una contramuestra de su producto, la que es enviada a un laboratorio arbitrador autorizado por SAG, cuyo resultado dirime la controversia”.

TRANSPARENTAR TRANSACCIÓN COMERCIAL

Esta ley busca transparentar la primera transacción comercial entre el productor de trigo y los agroindustriales o corredores de granos, con el fin de asegurar un pago justo y transparente para el productor, de acuerdo a los parámetros de calidad que tiene su producto.

Por ello, se establecen criterios que deben cumplir los poderes compradores, como por ejemplo que las básculas de pesaje y los equipos que son utilizados para determinar la calidad estén calibradas por un Laboratorio Calibrador autorizado por el SAG.

La legislación vigente también contempla que los poderes compradores emitan una guía de recepción que incluya toda la información referente a las condiciones establecidas para la comercialización, la publicación de un listado de precios de referencia, el que debe estar ubicado afuera de sus dependencias, permitiendo que los productores conozcan las condiciones comerciales ofrecidas para la compra de su producto.

FIZCALIZACIÓN EN BIOBÍO

Sobre la fiscalización de esta Ley esta temporada en Biobío, cabe señalar que se cursaron 4 actas de denuncia y citación: por no notificar el resultado del análisis al productor en recepción de trigo de guarda, por harneros que no cumplían con las dimensiones establecidas por el reglamento para realizar análisis de impurezas y por no facilitar información al SAG para verificar las transacciones realizadas.

En la región del Biobío existe un universo de 32 agroindustriales, de los cuales 23 están establecidos en la provincia de Ñuble, 8 en Biobío y 1 en Concepción.

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