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La Tribuna

Compañías eléctricas que no compensen a los consumidores serán demandadas

por Alejandra Sánchez

Tienen que hacerse cargo del daño causado a los consumidores y van más allá de las compensaciones automáticas que especifica la Ley eléctrica.

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Tras el temporal que afectó a gran parte del país el pasado fin de semana, y los prolongados cortes de luz que han afectado a diversas comunas de la Región Metropolitana, que incluso se han extendido por más de 72 horas en algunos sectores, el Sernac ofició a las empresas distribuidas de electricidad ENEL y a CGE.

El propósito de esta gestión, es que las empresas informen, en un plazo de 10 días, los motivos de las demoras en la reposición del suministro y cómo van a compensar a los consumidores afectados.

En esta línea, desde el servicio se informó que desde el sábado pasado hasta este lunes, el Servicio ha recibido 466 reclamos por los cortes de luz, y más de 350 menciones en twitter por este tema, los cuales apuntan en un 91% a ENEL y un 9% a CGE.

Tras el sistema frontal del pasado 16 de junio, y que en algunos casos de prolongó por casi tres días, el Sernac recibió 2.041 reclamos.

Tras algunos oficios enviados por los afectados, el Sernac anunció la disposición a iniciar mediaciones colectivas con los proveedores que acepten esta instancia extrajudicial y voluntaria.

Esto, porque las mediaciones permiten soluciones más rápidas y efectivas para los consumidores sin esperar el resultado de un juicio que puede durar años.

Pero en los casos de las empresas que han respondido que no están disponibles a compensar o bien, las que respondieron que la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) no es competente, serán demandadas por el Servicio.

EL DEBER DE RESPONDER POR LOS DAÑOS

Desde el servicio, se enfatizó que las empresas de distribución tienen el deber de actuar con estándares de profesionalidad, y en caso de existir cortes por factores climáticos, lo que se espera es que, al menos, realicen trabajo preventivo para disminuir el riesgo de interrupción, y si eso ocurre, tengan disponible el personal para enfrentar este tipo de emergencias.

Al respecto, el director del servicio, Ernesto Muñoz, sostuvo que en el caso de la nevazón, si bien se entiende que es un hecho poco habitual en algunas zonas, este evento se había anunciado con anterioridad, por lo que lo mínimo que las empresas eléctricas debieron tener disponibles la mayor cantidad de cuadrillas para enfrentar las emergencias.

A ello, agregó que “este evento se produce en circunstancias en que las empresas ya deberían haber tenido planes de contingencia robustos para enfrentar este tipo de coyunturas. No es posible que tengamos consumidores con más de 72 horas sin suministro eléctrico”.

Asimismo, recalcó que “en estos casos, las empresas, sin perjuicio de que puedan enfrentar los cortes, tienen también que hacer las inversiones adecuadas para poder responder con rapidez la reposición del servicio, cuando esto no ocurre, hay infracción, no sólo a la ley sectorial, sino también a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores que le producen daños evitables a los usuarios”.

TRABAJO COORDINADO

El Sernac está en coordinación con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que es la entidad técnica que fiscaliza y puede imponer multas, pero independiente de las eventuales sanciones que determine la autoridad sectorial, las empresas deben compensar el daño provocado a los consumidores.

“Estos cortes prolongados de electricidad le provocaron mucho daños a las familias, por ejemplo, las que perdieron alimentos, sin mencionar aquellas que tienen personas enfermas y que necesitan de la electricidad para seguir sus tratamientos médicos”.

En tanto, si un consumidor tuvo un daño mayor en su casa producto de variaciones bruscas de voltaje, por ejemplo, quemas de aparatos eléctricos, puede acudir al Sernac para que realice una mediación que busque solución antes de llegar a tribunales.

En caso de que su problema no sea resuelto, podrá exigir las indemnizaciones correspondientes en la Justicia amparado en la Ley del Consumidor. Actualmente es importante reclamar para que el Servicio tenga la información para realizar acciones colectivas.

PROYECTO DE LEY

Muñoz resaltó, además, la necesidad de que se apruebe en el Congreso el proyecto de ley que fortalece la protección de los derechos de los consumidores, y que le entregará al Servicio las facultades fiscalizadoras, sancionatorias y normativas, que le permitirán defender a los consumidores de manera efectiva, prevenir los abusos, castigar con multas ejemplificadoras, además de reiterar el principio de que los procedimientos colectivos, incluidos en esta normativa, permiten indemnizar el daño moral, que es el daño que sufren los consumidores a raíz de las molestias que provocan, por ejemplo, las interrupciones del servicio.

Por ejemplo, con las nuevas facultades, el Servicio podría estar acompañando la labor de la SEC en la fiscalización de este tipo de eventos.

“Esta Ley debería salir pronto del Parlamento, para que las empresas siempre tengan incentivos para entregar un servicio de calidad, tomando las medidas preventivas apropiadas y respondiendo con rapidez y que muchos consumidores no han obtenido en las últimas interrupciones de servicios básicos”, concluyó el director del Sernac.

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