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Bono Marzo Chile 2023 / Diario La Tribuna

Bono Invierno 2023: Revisa aquí si recibes los $74 mil pesos del beneficio

por Stephanie Ramírez M.

Este es un beneficio no postulable de $74.767 pesos, que no es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos y que se entrega una sola vez a quienes tengan 65 o más años de edad y que cumplan con los requisitos.


El Bono Invierno se paga en conjunto con la pensión de mayo 2023 y se otorga solo una vez a todas aquellas personas que cumplan el rango de edad. El beneficio busca fortalecer la economía de las personas a través de un monto único de $74.767, entregado junto a la pensión.

Para acceder al beneficio, se deben cumplir con los requisitos que se mencionan a continuación:

  •   Recibir una pensión igual o menor a $201.677 (correspondiente al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años) y ser parte del Instituto de Previsión Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral,Cajas de previsión o Mutualidad de empleadores.
  • Pertenecer al Sistema de Pensiones de Vejez (1980) y estar percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Ser parte del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) y recibir un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) con una pensión igual o inferior a $201.677 (correspondiente al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).
  • Recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU) y no tener derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, reciban una PGU y sus pensiones sean de un monto inferior o igual a $201.677 (correspondiente al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).

De este modo, quienes reciben más de una pensión no tienen derecho al bono, salvo si la suma de esas pensiones es igual o menos a $201.677 pesos (valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años)

Aquellas personas que cumplen con los requisitos y el bono no viene pagado junto con la pensión de mayo, se debe contactar a la entidad pagadora y registrar el requerimiento para que sea evaluado el caso.

De esta manera, no se requiere realizar ningún trámite o solicitud adicional, el bono se depositará junto con el pago mensual. En caso de que sea presencial, es importante contar con la cédula de identidad para hacer el cobro respectivo de la pensión en la que vendrá el pago de este bono.

¿Quiénes no califican para recibir el bono?

Las personas no beneficiarias del Bono de Invierno corresponden a:

·        Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).

·        Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).

·        Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.

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