Crónica Ciudadana

A 12 años de la Ley Emilia: muerte de joven angelina reabre debate sobre cumplimiento de penas

El caso de Isabella Belmar y los 217 siniestros asociados al alcohol registrados durante 2025 en la provincia de Biobío ponen el foco en una problemática que suma planteamientos desde Fundación Emilia y Conaset, además de una iniciativa que se discute en el Congreso.

Los hechos vinculados al consumo de alcohol al volante continúan entre las situaciones que generan preocupación en materia de seguridad vial (imagen de contexto)., La Tribuna
Los hechos vinculados al consumo de alcohol al volante continúan entre las situaciones que generan preocupación en materia de seguridad vial (imagen de contexto). / FUENTE: La Tribuna

A casi 12 años de la entrada en vigencia de la Ley Emilia, la forma en que se aplican las sanciones por conducir en estado de ebriedad y provocar consecuencias graves vuelve a estar en discusión, especialmente frente a las expectativas de las familias que esperan el cumplimiento efectivo de las penas.

El debate cobró fuerza recientemente en la provincia de Biobío tras conocerse la resolución judicial por la muerte de la angelina Isabella Belmar Naranjo, que estableció una condena de cuatro años de presidio contra el responsable, pero que no deberá cumplir en la cárcel.

EL CASO ISABELLA Y EL CUESTIONAMIENTO FAMILIAR

El caso se remonta al 28 de diciembre de 2023, cuando Isabella, de 20 años, falleció tras el volcamiento de una camioneta en la Ruta 150, en la comuna de Tomé. De acuerdo con los hechos establecidos posteriormente por el tribunal, el futbolista Byron Alexander Hermosilla Lagos conducía el vehículo sin licencia y luego de haber consumido alcohol.

Tras el juicio oral desarrollado durante julio de este año, el 29 de ese mes el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción declaró culpable a Hermosilla por conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando muerte, sin haber obtenido licencia de conducir. La sentencia fue comunicada el 8 de agosto, oportunidad en que se fijó la pena de cuatro años de presidio mencionada anteriormente.

Según estableció la resolución, la sanción privativa de libertad fue sustituida por libertad vigilada intensiva durante el mismo periodo, por lo que Hermosilla deberá quedar sujeto al control de Gendarmería y al plan de intervención individual que se determine, además de cumplir un programa de prevención del consumo de drogas y alcohol.

Uno de los aspectos centrales para determinar esta forma de cumplimiento estuvo relacionado con el artículo 196 ter de la Ley de Tránsito, que contempla un año de privación efectiva de libertad antes de ejecutar una pena sustitutiva. Durante la tramitación de la causa, el condenado acumuló 675 días considerando periodos de detención, prisión preventiva, arresto domiciliario total y arresto domiciliario parcial.

El tribunal acogió la solicitud de la defensa de contabilizar estos periodos para efectos de dicha disposición. De esta manera, 365 días permitieron dar por cumplido el año exigido, mientras que los 310 restantes fueron reconocidos como abono a la pena de cuatro años.

La resolución contó, sin embargo, con una prevención de la magistrada Jimena Israel Quilodrán, quien estuvo por no considerar los periodos de arresto domiciliario total y parcial para completar el año establecido en el artículo 196 ter, al sostener que la disposición se refiere a una privación efectiva de libertad.

Precisamente esta posibilidad había sido cuestionada por Carla Dos Santos Naranjo, hermana de Isabella, antes de que se conociera la sentencia. En declaraciones entregadas a La Tribuna durante el proceso judicial, manifestó sus reparos respecto de la forma en que podía materializarse el cumplimiento de la pena.

"La Ley Emilia no sirve. Dice que se tiene que cumplir un año de cárcel efectiva, pero existen artículos de los que los abogados se pueden agarrar. Como se cuentan los días hacia atrás, finalmente, en este caso, el condenado casi que ya cumplió la pena", cuestionó.

Carla Dos Santos Naranjo.

217 SINIESTROS ASOCIADOS AL ALCOHOL

El caso de la joven angelina adquiere un contexto local al observar las cifras de siniestralidad asociadas al consumo de alcohol. Si bien el hecho que provocó su muerte ocurrió en Tomé, provincia de Concepción, los antecedentes solicitados por La Tribuna a la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) permiten dimensionar este fenómeno en las 14 comunas de la provincia de Biobío durante 2025.

Según la información elaborada a partir de registros de Carabineros de Chile, 217 siniestros tuvieron como causa identificada el alcohol en el conductor, con siete personas fallecidas y otras 238 lesionadas. De estas últimas, 41 sufrieron heridas graves, 20 menos graves y 177 leves.

La distribución comunal muestra diferencias importantes. Los Ángeles, ciudad de origen de Isabella, reunió 99 casos, equivalentes al 45,6% del total provincial, seguida por Nacimiento, con 25; Cabrero, con 19; Laja, con 16; y Santa Bárbara, con 14. La mayor cantidad de víctimas fatales, en tanto, se registró en Cabrero y Nacimiento, con dos en cada comuna.

Al ampliar la mirada a la región, Biobío contabilizó 625 siniestros asociados a esta causa y 15 fallecidos durante 2025. Entre las regiones incluidas en los antecedentes proporcionados, la Metropolitana registró 867 casos y Maule 655.

El análisis no puede extenderse todavía a 2026. Consultada por este medio, desde Conaset indicaron que esa base es remitida a fin de año.

QUÉ ESTABLECE LA LEY EMILIA

La Ley Emilia corresponde a una modificación de la Ley de Tránsito que aumentó las penas para quienes conducen en estado de ebriedad y provocan lesiones graves, gravísimas o la muerte. La normativa —Ley N.º 20.770— entró en vigencia en septiembre de 2014 e incorporó nuevas reglas para determinar las sanciones aplicables a estos delitos.

Las penas varían según las consecuencias provocadas. En caso de lesiones graves, la normativa contempla presidio menor en su grado medio, desde 541 días hasta tres años; si las lesiones son gravísimas, corresponde presidio menor en su grado máximo, desde tres años y un día hasta cinco años. Cuando el hecho provoca la muerte de una persona, el marco va desde presidio menor en su grado máximo hasta presidio mayor en su grado mínimo, es decir, desde tres años y un día hasta 10 años, dependiendo de las circunstancias establecidas por la legislación.

A estas sanciones se suman multas y la inhabilidad para conducir vehículos de tracción mecánica, cuya extensión también depende de las consecuencias del hecho. En los casos con resultado de muerte, la normativa contempla la inhabilidad perpetua para conducir, además del comiso del vehículo, sin perjuicio de los derechos que puedan ejercer terceros propietarios.

La legislación estableció, además, una regla especial para los casos en que corresponda aplicar una pena sustitutiva: su ejecución queda suspendida durante un año, periodo en que debe cumplirse efectivamente la pena privativa de libertad. Esta disposición, contenida en el artículo 196 ter de la Ley de Tránsito, fue precisamente la que tuvo incidencia en la forma de cumplimiento determinada en el caso de Isabella Belmar.

Entre las modificaciones también se incorporaron sanciones por fugarse del lugar del siniestro sin cumplir las obligaciones legales y negarse injustificadamente a realizar los exámenes destinados a establecer la presencia de alcohol en el organismo.

El nombre de la legislación recuerda a Emilia Silva Figueroa, una niña de nueve meses que falleció en enero de 2013 luego de que un conductor en estado de ebriedad impactara el vehículo en el que viajaba junto a sus padres. Su muerte dio origen a una movilización ciudadana que impulsó el cambio legal promulgado al año siguiente.

LA MIRADA DE FUNDACIÓN EMILIA

A casi 12 años de la entrada en vigencia de la normativa, Carolina Figueroa Cerna, madre de Emilia y presidenta de Fundación Emilia, realizó una evaluación ante la consulta de La Tribuna. Desde su perspectiva, uno de los principales efectos de la legislación estuvo relacionado con la manera de comprender este tipo de hechos.

"Mi evaluación es que la Ley Emilia significó un cambio muy importante, tanto jurídico como cultural. En 2014 permitió instalar con mucha mayor claridad que conducir en estado de ebriedad y provocar lesiones gravísimas o la muerte no podía seguir siendo entendido simplemente como un hecho accidental", señaló.

Carolina Figueroa.

Con el paso del tiempo, la organización también ha identificado aspectos que, a juicio de su presidenta, requieren una revisión más amplia que la sola lectura de las disposiciones incorporadas en 2014.

"La Ley Emilia no funciona de manera aislada. Debe aplicarse dentro de un marco penal común que contiene garantías para el imputado, reglas de determinación de la pena, atenuantes, agravantes, irreprochable conducta anterior, colaboración, procedimientos abreviados y eventualmente penas sustitutivas", explicó.

Carolina Figueroa.

Figueroa explicó que estos factores pueden generar una distancia entre lo que las personas esperan al conocer las sanciones contempladas por la legislación y la resolución que finalmente adopta la justicia en un caso particular.

"Desde fuera se escucha, por ejemplo, que un delito tiene un determinado rango de pena y naturalmente se genera una expectativa respecto de su cumplimiento. Sin embargo, después intervienen todas las reglas propias del sistema penal y el resultado puede ser muy distinto de aquello que inicialmente se imaginó", sostuvo.

Carolina Figueroa.

Para la presidenta de Fundación Emilia, por lo tanto, el análisis debe considerar otros elementos antes de atribuir estas diferencias exclusivamente a la normativa.

"No creo que sea correcto plantear que el problema sea exclusivamente que ‘la Ley Emilia no funciona’. La discusión es bastante más amplia, incorporando preguntas de ¿cómo estamos determinando las penas?, ¿cómo los tribunales están utilizando los márgenes que el legislador les entregó? y ¿cómo se armonizan estas sanciones con las que existen para otros delitos de similar gravedad?", afirmó.

Carolina Figueroa.

QUÉ CAMBIOS SE PROPONEN

A partir de las dificultades identificadas, Fundación Emilia plantea que la discusión avance hacia eventuales modificaciones al marco vigente. Uno de los aspectos que genera preocupación en la organización es el nivel en que terminan fijándose las condenas dentro de los rangos disponibles.

"Nos preocupa que, existiendo un tramo amplio de penas, con frecuencia estas terminen situándose en su parte inferior. Eso abre una pregunta legítima sobre si el marco actual está logrando expresar adecuadamente la gravedad del daño provocado y si, en la práctica, estos delitos están siendo considerados con la gravedad que sus consecuencias requieren por los tribunales", señaló Carolina Figueroa.

Carolina Figueroa.

Frente a este escenario, la fundación propone retomar una alternativa que, según explicó su presidenta, formó parte de la discusión desarrollada cuando se impulsó originalmente la legislación.

"Desde Fundación Emilia justamente estamos planteando volver a discutir el piso penal para los casos más graves, avanzando hacia los cinco años y un día, que fue parte de la discusión original. Pero incluso esa reforma debe analizarse dentro del conjunto del sistema penal", sostuvo.

Carolina Figueroa.

Figueroa advirtió, además, que una modificación de este tipo no debería abordarse de manera aislada, sino considerando su relación con las demás disposiciones que intervienen al momento de establecer las sanciones.

"No basta con aumentar una pena en una ley si después esa modificación no guarda coherencia con las reglas generales de determinación de penas y con la proporcionalidad respecto de otros delitos", agregó.

Carolina Figueroa.

Las medidas planteadas frente a la conducción bajo los efectos del alcohol no se limitan, sin embargo, al ámbito penal. Desde Fundación Emilia también apuntan a fortalecer la prevención mediante controles de velocidad, alcohol y drogas, además de educación e infraestructura segura. En particular, Figueroa plantea que las fiscalizaciones por consumo de alcohol se mantengan durante todo el año y no se concentren únicamente en determinadas fechas.

La importancia atribuida a la fiscalización también es compartida por Conaset. Su secretario ejecutivo, Alberto Escobar, sostuvo que este tipo de controles adquiere especial relevancia frente a las limitaciones que, a su juicio, presentan las estrategias basadas únicamente en el autocuidado.

Para ejemplificar las limitaciones que observa en las estrategias basadas en decisiones individuales, Escobar contrastó una práctica promovida durante años con las acciones desplegadas directamente en las vías.

"En Chile, pasar las llaves, que es una recomendación que se hacía hace algunos años, no es muy efectivo. No más allá del 10% está dispuesto a hacerlo, por lo tanto, eso no es una solución. Lo que sí resulta efectivo es la fiscalización, principalmente cuando es visible, porque genera una disuasión mucho más amplia", manifestó.

Alberto Escobar.

EL DEBATE QUE SIGUE EN EL CONGRESO

La discusión sobre las consecuencias que enfrentan quienes protagonizan este tipo de hechos también llegó al ámbito legislativo. Consultada por La Tribuna, la diputada por el distrito 21 Flor Weisse se refirió al reciente desenlace judicial del fatal siniestro ocurrido en Tomé en diciembre de 2023 y planteó la necesidad de avanzar en modificaciones legales.

"El caso de Isabella nos obliga a acelerar este debate y a entregar señales claras de que conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, poniendo en riesgo la vida de otros, tendrá consecuencias proporcionales a la gravedad del daño causado", afirmó.

Flor Weisse.

Actualmente, en el Congreso se encuentra en discusión una iniciativa vinculada a este tipo de delitos, conocida como Ley Úrsula. A diferencia del debate sobre el cumplimiento de una condena, el proyecto apunta a una etapa previa del proceso penal y busca establecer la prisión preventiva para quienes, conduciendo en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas, provoquen lesiones graves, gravísimas o la muerte.

Weisse es autora de la moción parlamentaria y, al ser consultada sobre su avance, se refirió al escenario que enfrenta actualmente la propuesta.

"Lamentablemente, pese a su aprobación unánime en la Comisión de Transportes, el proyecto no ha seguido avanzando en el Congreso. Por eso es urgente retomar su tramitación, porque no podemos seguir permitiendo que personas que provocan muertes o lesiones gravísimas por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas enfrenten los procesos judiciales en libertad", cerró.

Flor Weisse.

Siniestros de tránsito causados por "Alcohol en Conductor" en provincia de Biobío, según comuna (2025)

Comuna Siniestros Fallecidos
Alto Biobío 2 0
Antuco 1 0
Cabrero 19 2
Laja 16 0
Los Ángeles 99 1
Mulchén 9 1
Nacimiento 25 2
Negrete 7 0
Quilaco 1 0
Quilleco 4 0
San Rosendo 5 0
Santa Bárbara 14 0
Tucapel 6 1
Yumbel 9 0
Total provincia 217 7



matomo