Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna

Ley de Riego: Avanza proyecto que podría prorrogar y mejorar beneficios para el agro

por Jorge Guzmán Buchón

Se descartó emitir una norma que remite al reglamento procedimientos y especificaciones técnicas, en tanto consideraron que han existido problemas de interpretación con otros reglamentos.

am 2 1603 / Otra de las disposiciones aprobadas por las comisiones unidas señala que la Comisión Nacional de Riego podrá gestionar programas especiales en conjunto con el Instituto de Desarrollo Agropecuario.

En condiciones de ser estudiada por la Comisión de Hacienda quedó la iniciativa que modifica y prorroga la vigencia de la ley 18.450 que contempla el fomento de la inversión en obras de riego y drenaje. Lo anterior consiste en el avance de la regulación luego de que las comisiones unidas de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales y de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía aprobaran las indicaciones que presentó el Ejecutivo y que recogían los acuerdos alcanzados en las instancias parlamentarias.

Cabe rememorar que, en las sesiones que se sostuvieron durante enero, previo al receso legislativo estival, se acordó que el Ejecutivo presente una serie de indicaciones que requerían de su patrocinio, como las modificaciones al Código de Aguas para poder implementar el cambio en materia agrícola nacional. La Cámara del Senado aprobó que “en casos calificados por la Comisión Nacional de Riego, se bonifiquen “como proyectos anexos complementarios a las de riego propiamente tal, obras destinadas a solucionar problemas de agua en zonas del sector agropecuario y otras relacionados con el desarrollo rural de los predios o sistemas de riego que se acojan a los beneficios de esta ley”.

CONDICIONES PARA ACCEDER A PROYECTOS Y BENEFICIOS AMBIENTALES

Se señala también que “la Comisión bonificará los proyectos con inversiones anexas que consideran objetivos ambientales tales como favorecer el ahorro y un uso suficiente del agua, el uso de aguas pluviales, la reutilización de aguas residuales, aquellos proyectos cuyos sistemas productivos propenden a la conservación de la biodiversidad del suelo y el recurso hídrico o impidan su degradación”. Dichos proyectos deben tender a generar “soluciones basadas en la naturaleza y otros similares”, enumeraron desde la Cámara del Senado.  

Desde el órgano legislativo explicaron que “el proyecto establece que podrán acogerse la bonificación de las obras personas naturales o jurídicas que demuestren titularidad de tierras, la que se acreditará si la persona es propietaria o usufructuaria, poseedor inscrita o mera tenedora y o en proceso de regularización de títulos de predios agrícolas”. En el caso de “la titularidad de las tierras indígenas se acreditará según lo establecido en la ley 19.253”, estipularon los senadores de Chile. El texto legal se refiere también a quiénes son sujetos a postular a los beneficios ofrecidos por la legislación nacional.

ARRENDATARIOS DE PREDIOS TAMBIÉN PODRÁN POSTULAR A FOMENTOS

La Cámara del Senado estableció que “podrán postular a los beneficios, “los arrendatarios comodatarios de predios agrícolas, cuyos contratos de arrendamiento consten por escritura pública inscrita en el conservador de bienes raíces correspondientes y siempre que cuenten con la autorización previa y por escrito del propietario y cuya vigencia del contrato sea de a lo menos tres años contados desde la fecha de apertura del concurso al cual postulen”. “También podrán postular quienes hayan celebrado un contrato que incorpore la opción de compra o leasing”, se agrega en el texto emanado desde el Senado.

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto