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La Tribuna

Alcalde de Laja es declarado culpable por acoso sexual contra funcionaria municipal

por Stephanie Ramírez M.

El edil arriesga 60 días de prisión por acoso sexual. / Redes sociales

Este viernes, el Juzgado de Garantía de Laja declaró al alcalde de dicha comuna culpable del delito de acoso sexual.

La sentencia dictada recae sobre el líder comunal por un incidente ocurrido el 5 de agosto de 2021, donde una funcionaria municipal fue la afectada directa.

En juicio oral simplificado, el magistrado Josué Martínez Pinto tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable de Quintana Inostroza en los hechos.

"La decisión se sustenta principalmente en que el mérito de la prueba de cargo rendida por el Ministerio Público y la querellante, consistente en testimonial, audiovisual, documental, gráfica, resultó suficiente, a juicio de este sentenciador, para dar por establecidos los hechos, habiéndose contado con un claro y detallado relato de la víctima que se aviene con lo declarado por los testigos de oídas, que resultó plenamente coherente con la prueba documental, gráfica y audiovisual referida, permitiendo establecer la existencia de las acciones que se atribuyen al encartado en su contexto espacial y temporal que se atribuye al encartado, como asimismo la participación que en este ilícito se atribuye al mismo", consigna la resolución.

Asimismo, agrega que "En cuanto a las alegaciones de la defensa relativas a fecha de comisión del hecho investigado, a la inexistencia de condiciones objetivas que requiere el tipo penal, a las dudas, carencias que, según su parecer, afectan la calidad probatoria del video exhibido durante el juicio no se ha introducido duda razonable en cuanto a la existencia de los hechos denunciados y de la participación que en ellos se atribuye al requerido, lo que lleva al tribunal a adquirir convicción suficiente para condenar".

Respecto a la calificación jurídica del delito por parte del querellante, que acusó por abuso sexual al edil, el magistrado la rechazó al establecer que al actuar la querellante en el procedimiento en calidad de coadyudante del Ministerio Público, "su pretensión punitiva debe ajustarse al requerimiento presentado por el ente persecutor".

De esta manera, el veredicto confirma la responsabilidad del alcalde en este caso, que ha generado gran atención en la opinión pública y dentro del ámbito político local.

La audiencia de lectura de sentencia, en tanto, quedó fijada para el próximo martes 30 de abril, a las 15:00 horas.

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