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La Tribuna

Renuncia Fernando Araos tras crisis por virus respiratorios y polémica por muerte de lactante

por Nicolás M.

El ex subsecretario de Redes Asistenciales dimitió en medio de los críticos cuestionamientos a su gestión luego del debate formulado en torno al fallecimiento de la lactante de dos meses en la comuna de San Antonio a comienzos de junio.

Fernando Araos / contexto

"Esta mañana quiero informar al país que he decidido aceptar la renuncia del subsecretario Fernando Araos, a quien agradezco su gestión durante este periodo", estas fueron algunas de las palabras del Presidente Gabriel Boric, corroborando que el ahora ex subsecretario Araos dejaba su cargo para entregar el mando al otorrinolaringólogo de la Universidad de Chile, Dr. Osvaldo Salgado.

Dentro del breve speech en que el Presidente dirigió al país, destacó: "Cuando hay situaciones políticas que dificultan el trabajo por cierto que esas responsabilidades tienen que hacerse valer y eso es lo que estamos haciendo ahora. Si hay más responsabilidades que establecer, eso con las investigaciones que correspondan se llevarán adelante (...) Pero acá lo importante es hacerse cargo de la emergencia y de la salud de nuestros niños y niñas".

Vale destacar que el nuevo subsecretario de Redes Asistenciales, Osvaldo Salgado, ejerce como otorrinolaringólogo en el Hospital Barros Luco Trudeau de la comuna de San Miguel, región Metropolitana. Entre su biografía destaca haber sido subsecretario de Salud durante el Gobierno del ex presidente Ricardo Lagos, inaugurando, en aquel entonces, la primera Subsecretaria de Redes Asistenciales.

GÉNESIS DE UNA RENUNCIA

Uno de los primeros fallecimientos confirmados producto de un cuadro grave de Virus Respiratorio Sincicial fue el de una lactante de dos meses de edad quien murió momentos antes de ser derivada desde el Hospital Claudio Vicuña de San Antonio al Hospital Regional de Arica, el pasado martes 06 de junio. Una decisión argumentada en que el recinto de destino, ubicado en la región Arica y Parinacota, contaba con la cama crítica más cercana.

No obstante, en los últimos días se dio a conocer que durante el desarrollo de los hechos que terminaron con la muerte de la menor, en la Clínica Las Condes (CLC) existía disponibilidad de camas críticas pediátricas. Vale destacar que entre San Antonio y la ciudad de Arica hay una distancia aproximada de 1.600 kilómetros en línea recta, mientras que entre San Antonio y la comuna de Las Condes esta distancia llega a cerca de 100 kilómetros.

Una vez conocidos estos hechos se le consultó a la ministra Aguilera sobre el porqué no se derivó a la lactante a la entidad privada. A lo que la jefa de la cartera contestó que existe "un fallo de Contraloría en el que se impide comprar servicios a la Clínica Las Condes, ahora, ciertamente, por Ley de Urgencias, se están usando sus servicios y entiendo que no fue llamada".

Dicha respuesta fuera de asentar conformismo entre los actores involucrados, generó una nueva arista en el debate. Esto debido a que luego de que se difundieran las declaraciones de Aguilera, la Contraloría General de la República tuiteó que no se "ha evacuado ningún dictamen, pronunciamiento jurídico o resolución que impida la gestión de prestaciones médicas en servicios de salud públicos o privados".

Minutos más tarde, el Minsal respondió: "Lamentamos la confusión involuntaria, efectivamente la inhabilidad de la CLC para suscribir contratos con el Estado por un periodo de dos años, es resultado de la declaración de la justicia laboral por haber constatado vulneración de derechos de los trabajadores", a través de la red social Twitter.

ACLARACIÓN DESDE FONASA

Comenzando la semana, el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), a través de un documento escrito, entregó información relevante a Pulso en el contexto del debate originado por la disponibilidad de camas pediátricas en la Clínica Las Condes.

"Clínica Las Condes ha quedado inhabilitada para celebrar contratos con los órganos de la Administración del Estado durante el plazo de dos años por haber sido condenada por infracción a los derechos fundamentales del trabajador (...) Esta inhabilidad solo se aplica a los contratos sujetos a la ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, por lo que cualquier prestación de servicios o convenio asociado al otorgamiento de atenciones de salud que no tenga su fundamento en una relación contractual regida por esta ley, no es alcanzada en sus efectos por la inhabilidad señalada", recita el documento.

Asimismo, la entidad dejó en claro que "la inhabilidad tampoco afecta a las prestaciones de salud otorgadas en el marco de la Ley de Urgencia, toda vez que la fuente de la obligación de pago que recae sobre el Fonasa respecto de aquellas, se encuentra en la ley y no en un vínculo contractual". Es decir, a pesar de la inhabilidad que rige a la Clínica, bajo el amparo de la Ley de Urgencias si se podría haber derivado a la menor hasta las comuna de Las Condes, en vez de gestionar el traslado hasta la región Arica y Parinacota.

Por último, es importante mencionar que previo a su renuncia el ahora ex subsecretario de Salud, Fernando Araos, había instruido la realización de un sumario administrativo al interior del Ministerio de Salud para esclarecer los hechos y determinar responsabilidades en el fallecimiento de la lactante en la comuna de San Antonio.

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