Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna
Trabajadores honorarios / Diario La Tribuna

¿Qué trabajadores a honorarios deben realizar cotizaciones previsionales?

por Claudia A. Fuentes Riveros

La ley 21.133 incorpora de manera obligatoria al sistema previsional a los y las trabajadoras, tanto del sector público como del privado


La ley 21.133 incorpora de manera obligatoria al sistema previsional a los y las trabajadoras, tanto del sector público como del privado, que emiten boletas de honorarios, en un año, por un monto bruto igual o mayor a cinco ingresos mínimos.

¿Quiénes no están obligados a cotizar por el ingreso de sus boletas de honorarios?

-Hombres que al 1 de enero de 2023 tengan 60 años o más, o mujeres que a esa fecha tengan 55 años o más.

-Personas que durante el 2022 emitieron boletas de honorarios por rentas anuales inferiores a cinco ingresos mínimos.

- Personas que tiene otros sistemas previsionales:

+ Sistema Antiguo administrado por el IPS (Ex-INP)

+ Capredena o Dipreca

- Trabajadores que ya coticen por el tope imponible respecto de otros ingresos laborales.

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto