Política

Gobierno ingresa al Senado reforma constitucional que crea nuevo estado de excepción por seguridad pública

La iniciativa forma parte de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT) y fue presentada con suma urgencia, por lo que el Congreso dispone de un plazo acotado para su tramitación.

La reforma contempla amplias facultades durante la vigencia de este nuevo estado de excepción., X: @PresidenteKast
La reforma contempla amplias facultades durante la vigencia de este nuevo estado de excepción. / FUENTE: X: @PresidenteKast

Durante la jornada de este lunes, el Gobierno del presidente José Antonio Kast ingresó al Senado una reforma constitucional que busca ampliar las herramientas del Estado frente al crimen organizado y el terrorismo, además de crear un nuevo estado de excepción constitucional de seguridad pública.

La iniciativa forma parte de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT) y fue presentada con suma urgencia, por lo que el Congreso dispone de un plazo acotado para su tramitación.

El proyecto contempla ocho modificaciones a la Constitución y abre un debate sobre el alcance de las facultades presidenciales y las restricciones a derechos fundamentales en escenarios de grave afectación de la seguridad pública.

Un nuevo estado de excepción para enfrentar amenazas graves

El principal cambio propuesto por el Ejecutivo es la creación de un nuevo estado de excepción constitucional, aplicable cuando exista una amenaza grave e inminente contra la seguridad pública o cuando esta haya sido gravemente afectada.

De acuerdo con la propuesta, el Presidente podrá determinar las zonas afectadas y el régimen tendrá una duración máxima de 120 días. El Mandatario podrá prorrogarlo por un período equivalente, mientras que para posteriores extensiones será necesario el acuerdo del Congreso Nacional.

La medida busca entregar una herramienta intermedia para situaciones que, a juicio del Ejecutivo, requieren una intervención más intensa y focalizada que los mecanismos ordinarios, pero que no necesariamente justifican recurrir a otros estados de excepción constitucional.

El ministro de Seguridad, Martín Arrau, ha planteado que la herramienta está pensada para intervenciones temporales en zonas donde el crimen organizado o grupos terroristas presenten dificultades para ser enfrentados con las atribuciones habituales.

Restricciones a la libertad y las comunicaciones

La reforma contempla amplias facultades durante la vigencia de este nuevo estado de excepción.

El Presidente podría suspender o restringir la libertad personal y de locomoción, además del derecho de reunión. También podría restringir el ejercicio del derecho de asociación, interceptar, abrir o registrar documentos y comunicaciones, y disponer requisiciones de bienes.

Las zonas bajo el régimen quedarían bajo la dependencia inmediata de un oficial general designado por el Presidente. El detalle de las atribuciones de esa autoridad, de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de una eventual colaboración de las Fuerzas Armadas deberá ser desarrollado posteriormente mediante una ley orgánica constitucional.

Crimen organizado: régimen penitenciario y nuevas restricciones

Otro de los ejes de la reforma apunta directamente a quienes sean condenados por delitos relacionados con el crimen organizado.

El proyecto busca establecer constitucionalmente la posibilidad de crear regímenes penitenciarios diferenciados, con restricciones de comunicaciones, visitas, traslados y acceso a determinados beneficios penitenciarios cuando estas medidas sean necesarias para impedir que los internos continúen coordinando actividades ilícitas desde las cárceles.

La propuesta también contempla inhabilidades para ejercer funciones o cargos públicos y restricciones respecto de determinadas penas sustitutivas y beneficios penitenciarios.

Registro de organizaciones criminales

El Ejecutivo propone además incorporar la posibilidad de que una ley establezca registros de organizaciones criminales y terroristas.

La existencia de estas organizaciones podría quedar reconocida mediante un mecanismo institucional que facilite posteriormente la persecución penal de sus integrantes. Sin embargo, el proyecto mantiene la obligación del Ministerio Público de acreditar la participación individual de cada imputado.

Según ha explicado Arrau, la finalidad es evitar que en cada investigación la Fiscalía deba partir desde cero para acreditar la existencia de una determinada estructura criminal.

Presidente podrá declarar una organización criminal, con control del Senado

La reforma también propone otorgar al Presidente de la República la facultad de declarar que una determinada agrupación constituye una organización terrorista o de crimen organizado.

La decisión deberá contar previamente con un informe fundado del Ministerio Público o del Consejo de Seguridad Nacional y posteriormente tendrá que ser aprobada por el Senado.

La Cámara Alta deberá pronunciarse en sesión secreta y con un quórum de dos tercios de sus integrantes en ejercicio. Tendrá cinco días para aprobar o rechazar la declaración y no podrá introducir modificaciones.

Seguridad pública como deber constitucional

Entre los cambios también se incorpora expresamente la seguridad pública como un deber del Estado, junto con el deber de resguardar la seguridad nacional.

El objetivo declarado por el Ejecutivo es reforzar constitucionalmente la responsabilidad estatal en materia de seguridad y establecer un marco que facilite la exigibilidad de esta obligación.

La propuesta, sin embargo, también abre una discusión jurídica sobre el alcance de esta incorporación, considerando que la seguridad pública ya aparece vinculada a las obligaciones del Estado en la actual Constitución.

La discusión que llega al Senado

La reforma llega al Congreso en un escenario en que el Gobierno ha situado el combate al crimen organizado como uno de los principales ejes de su agenda.

El Ejecutivo deberá ahora conseguir los quórums necesarios para modificar la Constitución, mientras que la oposición y sectores del propio oficialismo deberán definir qué disposiciones están disponibles para respaldar y cuáles consideran que requieren cambios.

El punto central del debate será el equilibrio entre mayores herramientas para enfrentar organizaciones criminales y la protección de las libertades y garantías constitucionales.

Con el proyecto ingresado, el Senado tendrá la tarea de evaluar si las nuevas facultades propuestas permiten responder de manera efectiva a amenazas graves de seguridad sin transformar mecanismos excepcionales en herramientas de uso permanente.

Las 8 modificaciones que propone el Gobierno

  1. Incorporar la seguridad pública como deber del Estado.
  2. Crear nuevas herramientas constitucionales contra el crimen organizado y establecer regímenes penitenciarios diferenciados.
  3. Permitir la creación de registros de organizaciones criminales.
  4. Entregar al Presidente la facultad de declarar una agrupación como terrorista o de crimen organizado, con control posterior del Senado.
  5. Incorporar la amenaza grave e inminente o la afectación grave de la seguridad pública entre las causales constitucionales.
  6. Crear un nuevo estado de excepción constitucional de seguridad pública, con una duración de hasta 120 días y reglas específicas para sus prórrogas.
  7. Otorgar nuevas facultades para restringir derechos durante ese estado de excepción.
  8. Establecer el rol del Senado en la aprobación o rechazo de determinadas declaraciones presidenciales.



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