Política

Cierre total de malls y strip centers este domingo: conoce el horario que tienen los trabajadores para votar en las elecciones

El domingo 16 de noviembre será un día clave para la democracia chilena, con comercios cerrados y trabajadores gozando de permisos garantizados para ejercer su derecho a voto.

Mall Plaza Los Ángeles, Edición Diario La Tribuna
Mall Plaza Los Ángeles / FUENTE: Edición Diario La Tribuna

Con motivo de las elecciones presidenciales y parlamentarias, el próximo domingo 16 de noviembre será feriado legal y obligatorio en todo el país, por lo que el comercio deberá mantenerse cerrado durante la jornada electoral.

El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, junto con el Servicio Electoral (Servel), la Dirección del Trabajo y la Superintendencia de Seguridad Social, hizo un llamado a empleadores y trabajadores a respetar los derechos garantizados durante esta jornada electoral.

Normas laborales durante las elecciones

Los establecimientos comerciales ubicados en malls y strip centers administrados bajo una misma razón social deberán suspender sus actividades completamente desde las 21:00 horas del sábado 15 hasta las 06:00 horas del lunes 17 de noviembre.

Esta medida busca asegurar que los trabajadores puedan ejercer su derecho al voto sin restricciones. En contraste, supermercados, grandes tiendas y locales independientes sí podrán funcionar normalmente el domingo electoral, pero deben garantizar el permiso para votar.

El ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo, enfatizó la importancia de este proceso, señalando que "las trabajadoras y trabajadores que deban cumplir funciones ese día tienen derecho a un permiso de tres horas para ir a votar, sin descuento en su remuneración" y llamó a fortalecer la democracia mediante la participación.

Permisos y derechos de los trabajadores

Carolina Campos, directora (s) del Trabajo, aclaró que el feriado obligatorio solo aplica a quienes laboran en malls o strip centers bajo una sola razón social. Asimismo, recordó a los empleadores su rol fundamental en respetar el permiso de tres horas para votar y los permisos especiales a quienes sean designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral, los cuales se otorgan con goce de remuneraciones por todo el tiempo que dure el cumplimiento de esas funciones.

Por su parte, el superintendente (s) de Seguridad Social, Luis Díaz, informó que los ciudadanos con licencia médica pueden votar siempre que consideren su prescripción médica y estado de salud. Ir a sufragar en estos casos no se considerará una falta al reposo médico. Además, Díaz explicó que el trayecto desde la casa al trabajo para votar, o hacerlo en medio de la jornada laboral, está cubierto por la Ley de Accidentes del Trabajo ante cualquier eventualidad que ocurra durante el ejercicio del derecho a sufragio.

Normativa electoral: voto obligatorio y sanciones

Pamela Figueroa, presidenta del Consejo Directivo del Servel, recordó que la elección contempla voto obligatorio y las personas que no voten pueden estar sujetas a multas que van entre 0,5 y 1,5 UTM, superando los 100.000 pesos. Los electores pueden consultar su local y mesa de votación, así como revisar los facsímiles de voto y la información de los candidatos en la web oficial del Servicio Electoral, lo que facilita una participación informada y transparente.

Fiscalización y denuncias laborales en la jornada electoral

La Dirección del Trabajo dispondrá de un canal especial para recibir denuncias el propio domingo entre las 09:00 y las 14:00 horas, a través del fono 600 450 4000. Entre las materias fiscalizables destacan:

  • No otorgar el feriado legal y obligatorio a trabajadores del comercio comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en centros o complejos administrados bajo una misma razón social.
  • Negativa a otorgar permiso a vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de Junta Electoral.
  • Incumplimiento del permiso de tres horas para sufragar.

Las infracciones pueden ser sancionadas con multas entre 3 y 60 UTM (de $208.626 a $4.172.520, considerando el valor de la UTM en noviembre de 2025 en $69.542), según el tamaño de la empresa.




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